Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2021040198)
Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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d. En el apartado de gastos se incluirán el total de los gastos a realizar para el proyecto.
En el artículo 7 del presente Decreto se establecen los gastos subvencionables.
3. L
 as ayudas reguladas en el presente Decreto están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094
del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, y se imputarán con
cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto destinados a tal fin, previstos
en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Programa 273B “Teatro, Música y Cine”, Código de proyecto de gasto 20220227 denominado
“Modernización Infraestructuras AAEE y Música”.
Artículo 7. Gastos subvencionables.
1. La cantidad concedida por la Consejería competente en materia de cultura deberá dedicarse en su totalidad a gastos de inversión en capital.
2. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios, siempre que
se realicen en el plazo establecido en el artículo 8 del presente Decreto, y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación; en concreto
están incluidas las siguientes inversiones:
a) Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red.
b) Modernización de los sistemas de iluminación digital.
c) Modernización de los sistemas de vídeo digital.
d) Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.
e) Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.
Que de acuerdo con el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba
el Plan General de Contabilidad las integrarán:
a) Inmovilizaciones intangibles:


• Propiedad industrial y transferencias de tecnología.