Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Seguros Agrarios. (2021040196)
Decreto 149/2021, de 29 de diciembre, de fomento de la contratación de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad 2022.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

64158

El régimen de ayudas de este decreto resulta compatible con el derecho de la Unión Europea,
en virtud de la Decisión de la Comisión sobre el régimen de ayuda estatal N.º SA. 64784 relativo al pago de primas de seguros agrario, cuya la vigencia de dicho régimen finaliza el 31
de diciembre de 2022.
Precisamente, al objeto de garantizar la seguridad jurídica, la eficacia y la eficiencia de las
subvenciones a la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados, y de asegurar
el efecto incentivador preceptivo de las mismas, cualesquiera que sea el momento del año
en que se formalicen las pólizas de seguros que constituyen las solicitudes de las ayudas, las
bases reguladoras contenidas en este Decreto se encuentran adaptadas y se amparan bajo la
disposición adicional séptima del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2022, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura, de contenido similar a la disposición adicional séptima de la Ley 1/2021, de
3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2021. Esto permitirá que, una vez aprobada y publicada dicha norma legal, el presente decreto constituya el desarrollo reglamentario requerido por dicha disposición adicional.
Este decreto se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura. Hace
especial incidencia de la ley autonómica en los artículos 3 de principios generales, 21 de
transversalidad de género, 22 de desarrollo del principio de interseccionalidad, 27 de lenguaje
e imagen no sexista, 28 de estadísticas e investigaciones con perspectiva de género, 29 de
representación equilibrada de los órganos directivos y colegiados y 31 de ayudas y subvenciones. Así mismo (mejor, Asimismo), cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto
de Autonomía de Extremadura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida
pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.
En virtud de lo establecido en los artículos 9.1.12 y 13.2 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, de la potestad reglamentaria reguladora de las subvenciones públicas atribuidas al Consejo de Gobierno por la citada Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Extremadura, seguida la tramitación preceptiva,
a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y previa
deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 29 de diciembre de 2021
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
Se regulan subvenciones complementarias de las estatales, por la contratación de pólizas de
seguros agrarios combinados que tengan por objeto explotaciones agrarias de Extremadura,