Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2021040165)
Decreto 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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• Tarifa por envío.
• Gastos de asesoramiento y gestión. Gastos de consultoría, asesoramiento y gestión de la
actividad de la empresa beneficiaria en este servicio realizados por una empresa especializada. Hasta un 20 % de la suma de los importes concedidos de tarifa de suscripción
y tarifa de envío.
4. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 3.000 €.
Diez. Servicio MarketPlace.
1. A
 efectos de la presente convocatoria, se entiende por Marketplace, el sitio o conjunto de
sitios web de comercio electrónico donde las transacciones que se producen son procesadas por un operador (gestor del sitio web), mientras que, tanto los productos o servicios
ofertados en el Marketplace, como la información sobre los mismos, son provistos por
terceros (proveedores).
2. Dentro de este servicio se podrá solicitar:
• Subvención por los costes derivados de la suscripción a un Marketplace ya existente.
En este caso se subvencionan los costes derivados que supone a la empresa solicitante
suscribirse a un Marketplace para poder vender sus productos en él.
• Tarifa por venta. Tarifa que cobra el gestor del sitio web por cada venta realizada.
• Gastos de asesoramiento y gestión. Gastos de consultoría, asesoramiento y gestión de
la actividad de la empresa beneficiaria en el Marketplace realizados por una empresa
especializada. Hasta un 20 % de la suma de los importes subvencionables de tarifa de
suscripción y tarifa por venta.
3. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 3.000 €.
Once. Servicio Creación MarketPlace.
1. A
 efectos de la presente convocatoria, se entiende como creación de nuevo Marketplace, a
la habilitación de un nuevo centro comercial online, donde diferentes marcas, empresas o
tiendas pueden vender sus productos o servicios.
2. S
 e subvencionan los costes de desarrollo e implantación de un nuevo Marketplace o la
mejora de uno ya existente.
3. Dentro de este servicio se consideran subvencionables únicamente los gastos relacionados
con el desarrollo del aplicativo web y su alojamiento en Internet.