Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2021040165)
Decreto 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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5. Las actualizaciones que se proyecten realizar serán diferentes a las consideradas en otros
servicios del presente decreto.
6. En todo caso, las tiendas desarrolladas se deberán ajustar a lo indicado en el anexo V del
presente decreto.
Artículo 9. Servicio desarrollo de aplicación móvil para comercio Online.
1. A efectos del presente decreto, se entiende por aplicación móvil para comercio Online, una
aplicación (App) destinada al comercio electrónico cuyos contenidos versen exclusivamente
sobre la actividad o actividades comerciales para las que la empresa solicita la subvención.
La aplicación, debe realizar la función de tienda online debiendo ser posible realizar a través de ella un proceso de compra completo de un producto o servicio. La aplicación deberá
poder ser descargada e instalada al menos, en dispositivos con sistemas Android e IOS.
2. Serán subvencionables los gastos de diseño, desarrollo e implantación de una aplicación
para terminales móviles inteligentes (App).
La App objeto de la subvención podrá ser de nueva creación, tratarse de una mejora y actualización tecnológica de una ya existente o de la configuración o personalización de una
aplicación comercial.
— Si se trata de una actualización tecnológica:


• Deberá acreditarse en el proyecto presentado la situación actual de la app existente
en el momento de presentar la solicitud (situación inicial), de tal forma que sea verificable la misma, a fin de justificar las modificaciones que se pretenden realizar.



• Las actualizaciones que se proyecten realizar serán diferentes a las consideradas en
otros servicios del presente decreto.

— Si se trata de una configuración de una aplicación comercial:


• Deberá indicarse el nombre de la aplicación que se está comprando o a la que se realizará la suscripción.



• La aplicación deberá permitir integrar la publicidad obligatoria establecida en el decreto que regula estas ayudas.

— La App de ventas deberá cumplir al menos con las siguientes funcionalidades:


• Disponer de una galería de imágenes.