Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2021040165)
Decreto 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
64173
Viernes, 31 de diciembre de 2021
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
DECRETO 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la
digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio
electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba
la primera convocatoria. (2021040165)
I
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura en sus artículos 9.1.7
y 9.1.23, competencias exclusivas en materia de “fomento del desarrollo económico y social
de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos de la política económica nacional”, y del
“régimen de las nuevas tecnologías de la sociedad de la información y la comunicación.”
La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en virtud del Decreto del Presidente
16/2019, de 1 de julio, (DOE núm. 126, de 2 de julio) por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE
núm. 214, de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, tiene atribuidas las competencias en materia de modernización e innovación tecnológica,
sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones.
Por otro lado, corresponde a la Dirección General de Agenda Digital, a tenor de lo dispuesto en
el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, (DOE núm. 150, de 5 de agosto), por el que se establece
la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación coordinación
y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias en materia de
telecomunicaciones y conectividad y que impulsen la cohesión del territorio.
II
Existe un alto grado de acuerdo sobre la relación entre el nivel de digitalización de las empresas y su productividad. Las empresas con un mayor nivel de digitalización son más productivas, por lo que las actuaciones tendentes a incrementar este nivel deben ayudar a potenciar
el desarrollo de la región en su conjunto. Pero, no solo se trata de ser más productivas, sino
de reforzar su capacidad de resiliencia y la posibilidad que la digitalización ofrece para captar
nuevos clientes, generar nuevas oportunidades de negocio e internacionalizar su actividad. Un
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Viernes, 31 de diciembre de 2021
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
DECRETO 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la
digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio
electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba
la primera convocatoria. (2021040165)
I
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura en sus artículos 9.1.7
y 9.1.23, competencias exclusivas en materia de “fomento del desarrollo económico y social
de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos de la política económica nacional”, y del
“régimen de las nuevas tecnologías de la sociedad de la información y la comunicación.”
La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en virtud del Decreto del Presidente
16/2019, de 1 de julio, (DOE núm. 126, de 2 de julio) por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE
núm. 214, de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, tiene atribuidas las competencias en materia de modernización e innovación tecnológica,
sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones.
Por otro lado, corresponde a la Dirección General de Agenda Digital, a tenor de lo dispuesto en
el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, (DOE núm. 150, de 5 de agosto), por el que se establece
la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación coordinación
y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias en materia de
telecomunicaciones y conectividad y que impulsen la cohesión del territorio.
II
Existe un alto grado de acuerdo sobre la relación entre el nivel de digitalización de las empresas y su productividad. Las empresas con un mayor nivel de digitalización son más productivas, por lo que las actuaciones tendentes a incrementar este nivel deben ayudar a potenciar
el desarrollo de la región en su conjunto. Pero, no solo se trata de ser más productivas, sino
de reforzar su capacidad de resiliencia y la posibilidad que la digitalización ofrece para captar
nuevos clientes, generar nuevas oportunidades de negocio e internacionalizar su actividad. Un