Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0092)
Acuerdo de 30 de septiembre de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, acerca de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Barrado (M-002), consistente en la reclasificación de Suelo No Urbanizable Protegido a Suelo Urbano de unos terrenos ubicados en la trasera de la calle San Juan.
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NÚMERO 251

64486

Viernes, 31 de diciembre de 2021

ANEXO II

RESUMEN EJECUTIVO

MODIFICACIÓN PUNTUAL de las Normas subsidiarias de
Planeamiento Municipal, consistente en la reclasificación de Suelo No
Urbanizable Protegido a Suelo Urbano sujeto a una actuación de transformación
urbanística de unos terrenos ubicados en la trasera de la calle San Juan de
Barrado.
EQUIPO REDACTOR: José

Luis Galindo Rubio. Arquitecto.

1. OBJETO:

El objeto de la MODIFICACIÓN PUNTUAL viene motivado por la
intención del promotor de incorporar al suelo urbano unos terrenos de su
propiedad colindantes con el límite actual, con el fin de asumir, a través de la
regularización de su situación, la actuación urbanística existente disconforme
con la ordenación, conforme a lo fijado en el Art. 7.1 de la LOTUS y
105.5 del REPLANEX. En la actualidad cuentan los requisitos suficientes para
que se puedan considerar como SUELO URBANO según la vigente LOTUS.
Se pretende la ampliación de suelo urbano situado en el Noroeste del
casco urbano del municipio, colindante con el actual suelo urbano según se
refleja en los planos de las vigentes NN.SS.MM. de Barrado.
2. CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA NUEVA ORDENACIÓN:

Se ordena el ámbito aplicando la Ordenanza 1 Residencial, regulada en
apartado 6 de las normas urbanísticas reguladoras, referido a las condiciones
particulares del suelo urbano, artículos 177 al 184 de las NN.SS.MM. de
Barrado.
Se trata de una ampliación del suelo urbano sujeto a actuación de
transformación urbanística, con un destino residencial y dotacional público
viario, según la siguiente proporción:
SUELO URBANO SUJETO A ACTUACIÓN DE TRANSFORMACIÓN
URBANÍSTICA

Residencial
Viales

580,00 m2
365,00 m2

TOTAL DE LA AMPLIACIÓN SUELO URBANO

945,00 m2

El ámbito de actuación de transformación urbanística queda definido
mediante la delimitación de una unidad de actuación simplificada de
nueva urbanización, “UE 4” conforme a lo establecido en el Art.81.2.b, al