Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064053)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), por la que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar el Programa de Reducción de la Brecha Digital de Género en el Ámbito Rural enmarcado dentro de la inversión I3 "Mejora de las Capacidades Digitales para Personas Desempleadas para Impulsar el Emprendimiento y el Desarrollo Rural y Reducir la Brecha de Género incluida en el Componente 19" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

62977

El artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé la concesión en forma directa y con carácter excepcional de
aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El artículo 32.1. a) de dicha Ley, en la redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para
una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que
conforme a lo previsto en el precitado artículo 22.4 c), se considerarán como supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o privadas sin fines de lucro.
El apartado 2 del referido artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, prevé que la concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentalizará
mediante resolución o Convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los
requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente
de la Consejería.
Según dicho apartado, el Convenio o resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes
extremos: definición del objeto de la subvención, con indicación del carácter singular de la
misma, del procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten el interés público,
social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública, además del régimen jurídico aplicable a las mismas, la determinación de los beneficiarios, modalidades de ayudas, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago.
Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan celebrar el presente Convenio,
sujeto a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la subvención.
Conceder de forma directa una subvención a la Asociación de Universidades Populares de Extremadura Aupex, con C.I.F. núm. G06192868 destinada a financiar el programa Reducción de
la Brecha Digital de Género en el Ámbito Rural Enmarcado dentro de la Inversión I3 “Mejora
de las Capacidades Digitales para Personas Desempleadas para Impulsar el Emprendimiento
y el Desarrollo Rural y Reducir la Brecha de Género incluida en el componente 19” del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 20212023, conforme al Plan de actuaciones y presupuestos de gastos presentado por la entidad y
autorizado por el Sexpe, todo ello de acuerdo con el artículo 32.1 a) de la Ley 6/2011, de 23
de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.