Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064053)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), por la que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar el Programa de Reducción de la Brecha Digital de Género en el Ámbito Rural enmarcado dentro de la inversión I3 "Mejora de las Capacidades Digitales para Personas Desempleadas para Impulsar el Emprendimiento y el Desarrollo Rural y Reducir la Brecha de Género incluida en el Componente 19" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 250
62991
Jueves 30 de diciembre de 2021
Decimoquinta. Régimen jurídico.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que
pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio, a través
de la Comisión de Seguimiento y Coordinación.
La concesión de la citada subvención se rige por lo establecido en el presente Convenio que
tiene el carácter de bases reguladoras, así como por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento General de la citada Ley, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Igualmente resulta de aplicación las previsiones
establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Orden
TES/897/2021, de 19 agosto, por el que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas
en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
destinados a la ejecución de proyectos de inversión “Plan Nacional de Competencias Digitales” y “Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”
recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Decimosexta. Publicidad del Convenio.
La subvención concedida será objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma establecida
en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Así mismo será objeto de publicidad en el Portal Electrónico
de la Transparencia y la Participación ciudadana de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones según lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley
38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimoséptima. Vigencia
El Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, que es
el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
Por AUPEX,
Por el SEXPE,
P.A. Decreto 166/2019, de 29 de octubre,
DOE n.º 214, de 6 de noviembre.
P.D. Resolución de 13 de noviembre de
2019, DOE n.º 223, de 19 de noviembre),
DOÑA MÓNICA CALURANO VILLARINO
Dº JAVIER LUNA MARTÍN
62991
Jueves 30 de diciembre de 2021
Decimoquinta. Régimen jurídico.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que
pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio, a través
de la Comisión de Seguimiento y Coordinación.
La concesión de la citada subvención se rige por lo establecido en el presente Convenio que
tiene el carácter de bases reguladoras, así como por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento General de la citada Ley, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Igualmente resulta de aplicación las previsiones
establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Orden
TES/897/2021, de 19 agosto, por el que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas
en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
destinados a la ejecución de proyectos de inversión “Plan Nacional de Competencias Digitales” y “Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”
recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Decimosexta. Publicidad del Convenio.
La subvención concedida será objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma establecida
en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Así mismo será objeto de publicidad en el Portal Electrónico
de la Transparencia y la Participación ciudadana de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones según lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley
38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimoséptima. Vigencia
El Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, que es
el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
Por AUPEX,
Por el SEXPE,
P.A. Decreto 166/2019, de 29 de octubre,
DOE n.º 214, de 6 de noviembre.
P.D. Resolución de 13 de noviembre de
2019, DOE n.º 223, de 19 de noviembre),
DOÑA MÓNICA CALURANO VILLARINO
Dº JAVIER LUNA MARTÍN