Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021064026)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se desestima a Eugenio López Becerra, la solicitud de autorización ambiental unificada para explotación porcina en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
63108
RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se desestima a Eugenio López Becerra, la solicitud
de autorización ambiental unificada para explotación porcina en el término
municipal de Feria. (2021064026)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 21 de junio de 2021 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para legalización de explotación porcina en régimen intensivo ubicado en el término municipal de Feria y promovido
por Eugenio López Becerra, con domicilio social en Calle Travesía del Pilarito, 28 Feria (Badajoz) y NIF: XXXXX951-Y.
Segundo. El proyecto consiste en la legalización de explotación porcina en régimen intensivo
para 96 reproductoras, 4 verracos y 642 plazas de cebo. Esta actividad está incluida en el
ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2. del anexo II, relativa a
“Instalaciones ganaderas, no incluidas en el Anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino,
incluyendo jabalíes, que dispongan de más de 350 emplazamientos o animales autorizados
para cerdos de cría y/o 50 emplazamientos o animales para cerdas reproductoras”, debiendo
por ello contar con AAU.
Las instalaciones de la explotación porcina se ubican en las parcelas 380-384, 429, 431, 432,
434-438, 444, 446-449, 451, 453, 455, 457-463 del polígono 6 del término municipal de Feria
(Badajoz).
Tercero. Revisada la documentación obrante en el expediente se comprueba que la instalación está ubicada a una distancia inferior a 1.000 metros del límite de suelo urbano o
urbanizable no industrial más próximo, incumpliendo de este modo el anexo IV del Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. El Ayuntamiento de Feria remite informe firmado por la arquitecto técnico municipal de fecha 30 de septiembre de 2021, en el que concluye “Que realizada la medición de la
distancia desde el límite del suelo urbano hasta las instalaciones a legalizar propiedad de D.
Eugenio López Becerra, que puedan ocasionar efectos negativos sobre el medio ambiente, a
través de la herramienta de la página - Ideex de Extremadura-, esta es de 982,38 m, (distancia reducida), en dicha medición no se tienen en cuenta los desniveles y cotas existentes
en el terreno.”
Quinto. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el
Jueves 30 de diciembre de 2021
63108
RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se desestima a Eugenio López Becerra, la solicitud
de autorización ambiental unificada para explotación porcina en el término
municipal de Feria. (2021064026)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 21 de junio de 2021 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para legalización de explotación porcina en régimen intensivo ubicado en el término municipal de Feria y promovido
por Eugenio López Becerra, con domicilio social en Calle Travesía del Pilarito, 28 Feria (Badajoz) y NIF: XXXXX951-Y.
Segundo. El proyecto consiste en la legalización de explotación porcina en régimen intensivo
para 96 reproductoras, 4 verracos y 642 plazas de cebo. Esta actividad está incluida en el
ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2. del anexo II, relativa a
“Instalaciones ganaderas, no incluidas en el Anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino,
incluyendo jabalíes, que dispongan de más de 350 emplazamientos o animales autorizados
para cerdos de cría y/o 50 emplazamientos o animales para cerdas reproductoras”, debiendo
por ello contar con AAU.
Las instalaciones de la explotación porcina se ubican en las parcelas 380-384, 429, 431, 432,
434-438, 444, 446-449, 451, 453, 455, 457-463 del polígono 6 del término municipal de Feria
(Badajoz).
Tercero. Revisada la documentación obrante en el expediente se comprueba que la instalación está ubicada a una distancia inferior a 1.000 metros del límite de suelo urbano o
urbanizable no industrial más próximo, incumpliendo de este modo el anexo IV del Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. El Ayuntamiento de Feria remite informe firmado por la arquitecto técnico municipal de fecha 30 de septiembre de 2021, en el que concluye “Que realizada la medición de la
distancia desde el límite del suelo urbano hasta las instalaciones a legalizar propiedad de D.
Eugenio López Becerra, que puedan ocasionar efectos negativos sobre el medio ambiente, a
través de la herramienta de la página - Ideex de Extremadura-, esta es de 982,38 m, (distancia reducida), en dicha medición no se tienen en cuenta los desniveles y cotas existentes
en el terreno.”
Quinto. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el