Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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4. L
 os itinerarios personalizados que desarrollen las mujeres participantes en el marco del
programa regulado en este capítulo, así como la cobertura de puestos de trabajo y la inserción profesional resultantes de su ejecución se orientarán, de conformidad con lo indicado
en el apartado primero de este artículo hacia competencias y empleos verdes y digitales,
abarcando además el ámbito de los cuidados de larga duración, el emprendimiento y la
economía social, así como los relacionados, entre otros, con energías renovables, tratamiento de aguas y residuos, aprovechamientos forestales y agrarios respetuosos con el
medio, economía circular, digitalización de servicios, actividades comerciales online, tecnología, desarrollo local rural y sostenible que refuerce la cohesión territorial (gestión del
patrimonio, actividad turística, emprendimiento y economía social con dimensión local y
verde, ligados a los productos endógenos), y cohesión social (atención de la dependencia
e intervención con colectivos vulnerables).
Artículo 73. Personas destinatarias de las acciones.
1. L
 as personas destinatarias de las acciones serán exclusivamente las remitidas por el centro
de empleo, previa solicitud por parte de la entidad a través de la presentación de la correspondiente oferta de actividad o procedimiento que la sustituya. El sondeo de demandantes
será realizado por personal del Servicio Extremeño Público de Empleo.
2. L
 as directrices y normas de distribución de demandantes se establecerán en la correspondiente convocatoria.
3. S
 e consideran destinatarias de este programa las mujeres desempleadas inscritas como
demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo del Sistema Nacional de
Empleo, residentes preferentemente en municipios de menos de 5.000 habitantes, con la
edad, necesidades de cualificación o recualificación formativa o profesional y demás características o requisitos que determinen las correspondientes convocatorias.
Se entiende a los efectos de este programa que una mujer necesita cualificación cuando no
disponga de un certificado de profesionalidad, título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, título de formación profesional de grado medio o superior o una titulación universitaria que le permita el desempeño de profesiones en un sector laboral concreto.
Se entenderá a los efectos de este programa que una mujer necesita recualificación profesional cuando disponiendo de certificado de profesionalidad, título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria, título de formación profesional de grado medio o superior, o titulación
universitaria, dichas titulaciones se hubieran obtenido hace más de 5 años en relación a la
fecha de selección, y que en su vida laboral no conste en el año anterior a su incorporación
al programa ningún contrato directamente relacionado con el ámbito de sus estudios, entendiendo como tal la necesidad de esos estudios para realizar la actividad.