Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
62683
Artículo 43. Solicitud y documentación.
1. C
ada entidad solamente podrá presentar una solicitud correspondiente a alguna de las
sublíneas de subvención previstas en el artículo 37.2 de este decreto. En la solicitud se
deberá indicar el número de personas trabajadoras de la empresa y los datos del centro
de trabajo sito en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Declaración responsable
firmada por la representación legal de cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente” DNSH, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del presente Decreto y el compromiso de realizar el plan estratégico de crecimiento o evaluación
de la gestión del empleo con una empresa contratada por el SEXPE.
2. L
as solicitudes de las ayudas reguladas en el presente decreto se presentarán obligatoriamente mediante el anexo de solicitud, debidamente cumplimentado y que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 20 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, las entidades interesadas podrán
disponer de la información relativa a la ayuda a través del Portal de Ciudadano de la Junta
de Extremadura.
3. L
a entidad solicitante suscribirá una declaración responsable, que estará contenida en el
anexo de solicitud, del cumplimiento de las condiciones para el acceso a la subvención, sin
perjuicio de la posibilidad de que el órgano gestor de las ayudas consulte los sistemas de
información correspondientes para verificar el cumplimento de las condiciones de las beneficiarias de la subvención. Esta comprobación podrá realizarse con anterioridad o posterioridad a la concesión de la subvención. En caso de detectarse el incumplimiento de alguna
condición, procederá la denegación de la subvención o la exigencia de reintegro
4. L
a solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus
extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación:
a) Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de
oficio esos datos.
b) Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se
oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de
oficio esos datos.
c) Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf),
Jueves 30 de diciembre de 2021
62683
Artículo 43. Solicitud y documentación.
1. C
ada entidad solamente podrá presentar una solicitud correspondiente a alguna de las
sublíneas de subvención previstas en el artículo 37.2 de este decreto. En la solicitud se
deberá indicar el número de personas trabajadoras de la empresa y los datos del centro
de trabajo sito en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Declaración responsable
firmada por la representación legal de cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente” DNSH, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del presente Decreto y el compromiso de realizar el plan estratégico de crecimiento o evaluación
de la gestión del empleo con una empresa contratada por el SEXPE.
2. L
as solicitudes de las ayudas reguladas en el presente decreto se presentarán obligatoriamente mediante el anexo de solicitud, debidamente cumplimentado y que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 20 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, las entidades interesadas podrán
disponer de la información relativa a la ayuda a través del Portal de Ciudadano de la Junta
de Extremadura.
3. L
a entidad solicitante suscribirá una declaración responsable, que estará contenida en el
anexo de solicitud, del cumplimiento de las condiciones para el acceso a la subvención, sin
perjuicio de la posibilidad de que el órgano gestor de las ayudas consulte los sistemas de
información correspondientes para verificar el cumplimento de las condiciones de las beneficiarias de la subvención. Esta comprobación podrá realizarse con anterioridad o posterioridad a la concesión de la subvención. En caso de detectarse el incumplimiento de alguna
condición, procederá la denegación de la subvención o la exigencia de reintegro
4. L
a solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus
extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación:
a) Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de
oficio esos datos.
b) Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se
oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de
oficio esos datos.
c) Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf),