Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
62659
Comunidad Autónoma de Extremadura y hasta el momento en que se produjo la devolución
efectiva por parte del beneficiario/a.
Artículo 13. Infracciones y sanciones.
La obligación de reintegro se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Título V de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las
normas reglamentarias vigentes en esta materia, en lo relativo a infracción y sanciones administrativas en materia de subvenciones, si concurriesen las acciones y omisiones tipificadas
en la citada ley.
Artículo 14. Régimen jurídico.
Las subvenciones a que se refiere este decreto se regularán, además de por lo dispuesto en
esta norma, por las previsiones establecidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y normativa de desarrollo; por los preceptos
básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto
887/2006, de 21 de julio; así como por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura y el Decreto 3/1997, de 9 de enero, de devolución de subvenciones,
en cuanto no se opone a la misma, y hasta la entrada en vigor de las normas que puedan
dictarse en el desarrollo de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
CAPÍTULO II: Programa Investigo
Artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación.
1. E
l presente capítulo tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones
del “Programa Investigo”, para la contratación de personas menores de 30 años, con capacidad para llevar a cabo proyectos de investigación, por entidades que desarrollen iniciativas de investigación e innovación, de modo que se facilite su inserción laboral y se revierta
en la sociedad su alta formación.
2. E
ste capítulo regula y establece, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
las bases para la concesión de subvenciones del “Programa Investigo”, que constituye una
actuación incluida en la Inversión 1, “Empleo Joven”, comprendida en el Componente 23
“Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, que
está encuadrado en la política palanca VIII, “Nueva economía de los cuidados y políticas
de empleo”, del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por
el Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
(Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.
Jueves 30 de diciembre de 2021
62659
Comunidad Autónoma de Extremadura y hasta el momento en que se produjo la devolución
efectiva por parte del beneficiario/a.
Artículo 13. Infracciones y sanciones.
La obligación de reintegro se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Título V de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las
normas reglamentarias vigentes en esta materia, en lo relativo a infracción y sanciones administrativas en materia de subvenciones, si concurriesen las acciones y omisiones tipificadas
en la citada ley.
Artículo 14. Régimen jurídico.
Las subvenciones a que se refiere este decreto se regularán, además de por lo dispuesto en
esta norma, por las previsiones establecidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y normativa de desarrollo; por los preceptos
básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto
887/2006, de 21 de julio; así como por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura y el Decreto 3/1997, de 9 de enero, de devolución de subvenciones,
en cuanto no se opone a la misma, y hasta la entrada en vigor de las normas que puedan
dictarse en el desarrollo de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
CAPÍTULO II: Programa Investigo
Artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación.
1. E
l presente capítulo tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones
del “Programa Investigo”, para la contratación de personas menores de 30 años, con capacidad para llevar a cabo proyectos de investigación, por entidades que desarrollen iniciativas de investigación e innovación, de modo que se facilite su inserción laboral y se revierta
en la sociedad su alta formación.
2. E
ste capítulo regula y establece, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
las bases para la concesión de subvenciones del “Programa Investigo”, que constituye una
actuación incluida en la Inversión 1, “Empleo Joven”, comprendida en el Componente 23
“Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, que
está encuadrado en la política palanca VIII, “Nueva economía de los cuidados y políticas
de empleo”, del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por
el Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España
(Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.