Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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Artículo 89. Financiación.
1. L
 as ayudas reguladas en el presente decreto se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. A
 simismo, las ayudas reguladas en el presente capítulo serán objeto de financiación en el
marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de conformidad con lo establecido en
la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
3. A
 demás, también se podrán financiar las subvenciones con los fondos del Estado a través
de los recursos procedentes de las órdenes anuales por las que se distribuyen territorialmente, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas,
subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del
Estado.
4. P
 ara el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta inversión relativas a su etiquetado climático y digital, los fondos disponibles se destinarán a la creación de empleo con
las siguientes características:
a) Un 20 por ciento de las contrataciones, como mínimo, para la línea de empleos verdes,
que contribuyan a preservar y restaurar el medio ambiente y que se corresponde con
el campo de intervención “01-Contribución a las competencias y empleos verdes” del
anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021. Los ámbitos de actuación serán, entre otros, los siguientes: la agricultura, ganadería y pesca dirigida a la restauración de los ecosistemas y a implantar
modelos de explotación animal más ecológicos y sostenibles; las actividades dedicadas
a aumentar la eficiencia del consumo de energía y materias primas; limitar las emisiones de gases de efecto invernadero; minimizar los residuos y contaminación; proteger
y restaurar los ecosistemas, los procesos dirigidos a producir bienes y servicios que
beneficien al medio ambiente.
b) Un 20 por ciento de las contrataciones, como mínimo, para la línea de empleos en
competencias digitales, conforme al Marco Europeo de competencias digitales para los
ciudadanos establecido por la Comisión Europea (DIGCOMP).
c) Un 60 por ciento de las contrataciones, como máximo, para la línea de empleo general.
Artículo 90. Entidades beneficiarias y requisitos.
1. P
 odrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en el presente decreto, de acuerdo
con los requisitos y condiciones establecidos en el mismo: