Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
62741
Artículo 80. Criterios de valoración.
1. Las solicitudes admitidas se valorarán conforme a los siguientes criterios objetivos:
a. Resultados cuantitativos de los objetivos en relación a proyectos subvencionados para
desarrollo de políticas activas de empleo realizados por la entidad solicitante, que hayan
finalizado previamente a la publicación de la convocatoria e iniciados en los tres últimos ejercicios anteriores al año de la convocatoria, siempre que se hayan cumplido los
objetivos previstos en lo referente a atención a personas usuarias y así se certifique o
informe por el órgano concedente.
Su acreditación se realizará mediante certificación o informe de los distintos órganos
concedentes salvo los concedidos por el SEXPE que se realizará de oficio a petición de la
entidad solicitante. Dicha petición se realizará a través del “Anexo de Autobaremación”
del presente programa: Máximo 120 puntos:
1º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público y su objetivo era la ejecución de todas las
acciones indicadas en la convocatoria: 30 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
2º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de parte de las
acciones indicadas en la convocatoria: 25 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
3º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de otras políticas activas de empleo distintas de las del artículo 71.1. a), b) y c) del presente
decreto: 20 puntos por cada proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
4º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de todas las
acciones indicadas en la convocatoria: 20 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
5º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de parte de
las acciones indicadas en la convocatoria: 16 puntos por cada proyecto finalizado
con cumplimiento de objetivos.
Jueves 30 de diciembre de 2021
62741
Artículo 80. Criterios de valoración.
1. Las solicitudes admitidas se valorarán conforme a los siguientes criterios objetivos:
a. Resultados cuantitativos de los objetivos en relación a proyectos subvencionados para
desarrollo de políticas activas de empleo realizados por la entidad solicitante, que hayan
finalizado previamente a la publicación de la convocatoria e iniciados en los tres últimos ejercicios anteriores al año de la convocatoria, siempre que se hayan cumplido los
objetivos previstos en lo referente a atención a personas usuarias y así se certifique o
informe por el órgano concedente.
Su acreditación se realizará mediante certificación o informe de los distintos órganos
concedentes salvo los concedidos por el SEXPE que se realizará de oficio a petición de la
entidad solicitante. Dicha petición se realizará a través del “Anexo de Autobaremación”
del presente programa: Máximo 120 puntos:
1º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público y su objetivo era la ejecución de todas las
acciones indicadas en la convocatoria: 30 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
2º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de parte de las
acciones indicadas en la convocatoria: 25 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
3º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de otras políticas activas de empleo distintas de las del artículo 71.1. a), b) y c) del presente
decreto: 20 puntos por cada proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
4º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de todas las
acciones indicadas en la convocatoria: 20 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
5º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de parte de
las acciones indicadas en la convocatoria: 16 puntos por cada proyecto finalizado
con cumplimiento de objetivos.