Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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cubra el mismo coste que los que ya financie la subvención de este programa. El beneficiario deberá comunicar a la Administración que conceda las subvenciones la obtención de
otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad sin incurrir en doble financiación sobre el mismo coste, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos,
nacionales o internacionales.
Artículo 78. Plazo, solicitudes y documentación.
1. E
 l plazo mínimo para la presentación de solicitudes será de al menos 5 días hábiles a
contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la correspondiente convocatoria y del extracto de la misma previsto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Las solicitudes suscritas por la persona que ostenta la representación
legal de la entidad irán dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público
de Empleo y se formalizarán de acuerdo con el modelo normalizado que se establece
como Anexo de solicitud de subvención del presente programa estando disponible para
su cumplimentación en el Portal de Empleo de la Junta de Extremadura, en la dirección
electrónica www.extremaduratrabaja.juntaex.es o página que la sustituya, así como en
el Portal del ciudadano de la Junta de Extremadura.
2. C
 ada entidad podrá presentar como máximo una sola solicitud por convocatoria. En caso de
presentarse más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la que tenga el registro
de entrada con fecha posterior.
3. L
 as solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ y se dirigirán a la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo.
La información referente a la tramitación del procedimiento también podrá ser consultada
a través del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura que se encuentra ubicado en la
dirección de internet: http://ciudadano.juntaex.es.
En el caso en que no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios, lo cual se
especificará en la resolución de convocatoria, la solicitud deberá presentarse de acuerdo
con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que
se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del
mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.