Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0095)
Acuerdo de 25 de noviembre de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual del Plan General Municipal de Puebla de la Calzada, para hacer compatibles los usos "AA-3 cultivos y explotación de vegetales no tradicionales" y "AG-3 las explotaciones no tradicionales" con los usos permitidos en el suelo urbano de uso industrial, e incluirlos en las ordenanzas edificatorias de suelo urbano "IV industrial en hilera IH" y "V industrial aislada".
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 250
63041
Jueves 30 de diciembre de 2021
ANEXO I
Como consecuencia de la aprobación definitiva de la modificación arriba señalada por acuerdo
de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de fecha 25 de Noviembre de 2021, se modifican el artículo 2.2.2.6, artículo 4.2.6.1, artículo 4.2.6.3, artículo
4.2.6.4, artículo 5.2.4.4 y artículo 5.2.4.5 de la Normativa Urbanística vigente, quedando
como sigue:
Artículo 2.2.2.6. Compatibilidad del uso Industrial
1. E
l uso Industrial global será compatible con usos Terciarios en situaciones: 1, 2
2. E
l uso Industrial pormenorizado será compatible con otros usos Industriales pormenorizados distintos en las situaciones: 1,2
3. E
l uso Industrial será compatible con usos Dotacionales pormenorizados en las siguientes
situaciones:
— Comunicación
Servicios Complementarios
Aparcamientos
— Zonas Verdes
1, 2, 6
1, 2,
1, 2 con Estudio de Detalle
— Equipamientos
Infraestructuras
1, 2,
Educativos
1,2
Otros Centros
1, 2, 3 (enseñanzas relacionadas
con la industria)
Cultural Deportivo
Administrativo Institucional
Sanitario Asistencial
1,2
1,2
1,2
1. E
l uso Industrial será compatible con usos Agroganaderos pormenorizados en las siguientes situaciones:
— Explotaciones Agrícolas
AA-3
1, 2,
63041
Jueves 30 de diciembre de 2021
ANEXO I
Como consecuencia de la aprobación definitiva de la modificación arriba señalada por acuerdo
de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de fecha 25 de Noviembre de 2021, se modifican el artículo 2.2.2.6, artículo 4.2.6.1, artículo 4.2.6.3, artículo
4.2.6.4, artículo 5.2.4.4 y artículo 5.2.4.5 de la Normativa Urbanística vigente, quedando
como sigue:
Artículo 2.2.2.6. Compatibilidad del uso Industrial
1. E
l uso Industrial global será compatible con usos Terciarios en situaciones: 1, 2
2. E
l uso Industrial pormenorizado será compatible con otros usos Industriales pormenorizados distintos en las situaciones: 1,2
3. E
l uso Industrial será compatible con usos Dotacionales pormenorizados en las siguientes
situaciones:
— Comunicación
Servicios Complementarios
Aparcamientos
— Zonas Verdes
1, 2, 6
1, 2,
1, 2 con Estudio de Detalle
— Equipamientos
Infraestructuras
1, 2,
Educativos
1,2
Otros Centros
1, 2, 3 (enseñanzas relacionadas
con la industria)
Cultural Deportivo
Administrativo Institucional
Sanitario Asistencial
1,2
1,2
1,2
1. E
l uso Industrial será compatible con usos Agroganaderos pormenorizados en las siguientes situaciones:
— Explotaciones Agrícolas
AA-3
1, 2,