Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Juego. (2021064040)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Juego 2022-2025.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62357
b) Supervisar el correcto funcionamiento de los diferentes establecimientos de juego autorizados en la Comunidad Autónoma de Extremadura y el cumplimiento por los mismos
de la normativa aplicable en materia de juego.
c) Detectar actividades calificadas como juegos ilegales o clandestinos.
d) La unificación de los criterios a seguir ante las mismas situaciones de la actividad empresarial del juego.
e) Velar por el cumplimiento de los principios del juego responsable y el respeto de los mismos, dentro de las competencias de la Comunidad Autónoma, en materia de publicidad
y promoción del juego, así como fomentar los instrumentos preventivos y educativos
que coadyuven al cumplimiento voluntario de las políticas de juego responsable.
f) La coordinación y cooperación entre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado,
Policía Local y funcionarios de la Junta de Extremadura mediante reuniones periódicas
y actuaciones de inspección y comprobación conjuntas así como sesiones de formación
dónde se unifiquen los criterios de actuación.
Tercero. Las actuaciones de inspección y comprobación en el marco del presente Plan de
Inspección podrán ser:
A) Programadas: Se definen como aquellas actuaciones dentro del plan de actuación asociadas a las diferentes áreas de control que se definen a continuación:
1.
Menores.
La protección social de los menores se configura como un principio fundamental de
prevención en la normativa de juego, frente al cual la Administración debe establecer
los mecanismos, junto con las empresas del sector de juego, para impedir la entrada
y la participación de los menores en los diferentes establecimientos de juego.
Esta protección se configura como uno de los objetivos principales de este Plan de
Inspección, realizándose actuaciones de inspección y comprobación por los Cuerpos
y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policías Locales y funcionarios de la Junta de
Extremadura con competencias en materia de inspección de juego, coordinadas, ya
sean programadas o no, en las franjas horarias que pudiera coincidir con las salidas
de los centros educativos.
En los supuestos que, como consecuencia de las actuaciones de inspección y comprobación, se constate la presencia de menores en los establecimientos de juego, se
levantará la correspondiente acta, por una presunta infracción tipificada en el artícu-
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62357
b) Supervisar el correcto funcionamiento de los diferentes establecimientos de juego autorizados en la Comunidad Autónoma de Extremadura y el cumplimiento por los mismos
de la normativa aplicable en materia de juego.
c) Detectar actividades calificadas como juegos ilegales o clandestinos.
d) La unificación de los criterios a seguir ante las mismas situaciones de la actividad empresarial del juego.
e) Velar por el cumplimiento de los principios del juego responsable y el respeto de los mismos, dentro de las competencias de la Comunidad Autónoma, en materia de publicidad
y promoción del juego, así como fomentar los instrumentos preventivos y educativos
que coadyuven al cumplimiento voluntario de las políticas de juego responsable.
f) La coordinación y cooperación entre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado,
Policía Local y funcionarios de la Junta de Extremadura mediante reuniones periódicas
y actuaciones de inspección y comprobación conjuntas así como sesiones de formación
dónde se unifiquen los criterios de actuación.
Tercero. Las actuaciones de inspección y comprobación en el marco del presente Plan de
Inspección podrán ser:
A) Programadas: Se definen como aquellas actuaciones dentro del plan de actuación asociadas a las diferentes áreas de control que se definen a continuación:
1.
Menores.
La protección social de los menores se configura como un principio fundamental de
prevención en la normativa de juego, frente al cual la Administración debe establecer
los mecanismos, junto con las empresas del sector de juego, para impedir la entrada
y la participación de los menores en los diferentes establecimientos de juego.
Esta protección se configura como uno de los objetivos principales de este Plan de
Inspección, realizándose actuaciones de inspección y comprobación por los Cuerpos
y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policías Locales y funcionarios de la Junta de
Extremadura con competencias en materia de inspección de juego, coordinadas, ya
sean programadas o no, en las franjas horarias que pudiera coincidir con las salidas
de los centros educativos.
En los supuestos que, como consecuencia de las actuaciones de inspección y comprobación, se constate la presencia de menores en los establecimientos de juego, se
levantará la correspondiente acta, por una presunta infracción tipificada en el artícu-