Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063968)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la modificación de la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Aceuchal. Expte.: IA18/1108.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021

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modificar el paisaje actual. La mayor afección al paisaje lo provocarán los usos permitidos
en el Suelo No Urbanizable Protegido.
Montes de Utilidad Pública, Vías Pecuarias y Patrimonio Cultural
En el término municipal de Aceuchal no existen montes de utilidad pública.
El Plan General Municipal recoge correctamente las vías pecuarias existentes en el término
municipal, así como su deslinde y aprobación en el DOE. Asimismo, las vías pecuarias se
incluyen en el citado Plan General Municipal con la categoría de “Suelo No Urbanizable de
Protección Infraestructuras y Equipamientos (SNU_PIV)”.
El Plan General Municipal establece para la protección del patrimonio Arqueológico y Arquitectónico, la categoría de Suelo No Urbanizable de Protección a Edificios y Elementos
Históricos (Suelo No Urbanizable de Protección Arqueológica, SNU-PCR), con la función de
salvaguardar los valores de interés histórico artístico de los restos arqueológicos.
Infraestructuras, Población, Socioeconomía y Salud Humana
En el término municipal de Aceuchal existen carreteras de titularidad regional y provincial,
por lo que deberá cumplirse la legislación sectorial vigente respecto a las mismas y lo indicado por las Administraciones públicas con competencias en infraestructuras. Por otro
lado, no existen carreteras de titularidad estatal, ni ferrocarril, en dicho término municipal.
El desarrollo del PGM producirá un efecto positivo sobre los factores socioeconómicos de
la población, generación de empleo, solución a la demanda de vivienda que actualmente
tiene el municipio, adecuación de diversas áreas para la implantación de infraestructuras
encaminadas a satisfacer las necesidades de ocio y esparcimiento, dotaciones públicas,
zonas verdes, etc. que mejorarán la calidad de los ciudadanos.
Riesgos Naturales y Antrópicos
El sector SUB-7 (con uso residencial), se ha planificado en parte de la ZFP y zona inundable del arroyo del Prado, mientras que los sectores SU-19 y SU-22 (con uso residencial),
se han planificado en parte de ZFP y zona inundable del arroyo del Prado y del arroyo de
la Armona. Asimismo, en las inmediaciones del sector SU-2 se inicia un arroyo tributario
del arroyo del Prado, encontrándose gran parte del sector en zona de policía del mismo.
Además, conforme al plano aportado en el informe de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, se observa que el sector SU-21, y parte de los sectores SUB-4 y SU-11, se encuentran en zona de policía.