Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063968)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la modificación de la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Aceuchal. Expte.: IA18/1108.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021

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Agua
Por el término municipal de Aceuchal, discurren, entre otros, el arroyo del Prado, arroyo
del Potril, arroyo del Mohino, arroyo de Garlitos y arroyo de la Laguna, que constituyen
el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de
julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana indica que el Ayuntamiento de Aceuchal adjuntó a la documentación presentada un estudio de inundabilidad de los cauces que afectan al
PGM de Aceuchal, estos son el arroyo del Prado y arroyo de la Armona. Asimismo, indica
que dicho estudio, el cual se considera válido desde un punto de vista técnico, determina
las llanuras de inundación correspondientes a las avenidas de periodo de retorno de 100 y
500 años, así como la ZFP. Del citado estudio se deduce que la sección transversal actual
de los tramos de los cauces que no se encuentran encauzados, resulta insuficiente para
evacuar los caudales de avenidas extraordinarias, provocándose la inundación de ambas
márgenes de los arroyos. Asimismo, indica que el sector SUB-7 (con uso residencial), se
ha planificado en parte de la ZFP y zona inundable del arroyo del Prado, mientras que los
sectores SU-19 y SU-22 (con uso residencial), se han planificado en parte de ZFP y zona
inundable del arroyo del Prado y del arroyo de la Armona. Asimismo, en las inmediaciones
del sector SU-2 se inicia un arroyo tributario del arroyo del Prado, encontrándose gran
parte del sector en zona de policía del mismo. Además, conforme al plano aportado en el
informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se observa que el sector SU-21, y
parte de los sectores SUB-4 y SU-11, se encuentran en zona de policía.

El municipio de Aceuchal pertenece a la Mancomunidad de Jaime Ozores y Feria, actualmente, no consta que el municipio, o la citada mancomunidad, dispongan de ningún
derecho de agua para uso de abastecimiento. No podrán acometerse nuevos desarrollos
urbanísticos en este municipio, mientras no se disponga de este derecho. El ayuntamiento
deberá, por tanto, solicitar la pertinente concesión de agua para uso abastecimiento que
ampare tanto el consumo actual del municipio como el que resulte del desarrollo de los
nuevos sectores planificados. No se informará favorablemente ningún desarrollo específico
en este municipio, mientras no se disponga de la correspondiente concesión de aguas públicas para el abastecimiento poblacional, o al menos se encuentre en una fase avanzada
de su tramitación ante este Organismo de cuenca. Asimismo, el municipio de Aceuchal
dispone de una autorización de vertido, por la que se autoriza a verter un volumen de
391.689 m3/año al cauce del arroyo del Prado, con una serie de condiciones y limitaciones. La Confederación Hidrográfica del Guadiana ha estimado que el incremento de aguas
residuales, superaría el volumen autorizado a verter y la capacidad de la depuradora. Este
núcleo urbano cuenta con un sistema de tratamiento de sus aguas residuales urbanas con
capacidad insuficiente para la totalidad de los nuevos desarrollos pretendidos. Por ello, se