Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063960)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Campamento de turismo dentro del complejo turístico en la finca La Canal, Polígono 7 parcela 67", cuyo promotor es Ayuntamiento de Alconera, en el término municipal de Alconera. Expte.: IA20/1278.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62425
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies
presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas
Por el interior de la finca “La Canal” discurre el arroyo de la Canal, que constituye el
DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA),
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
La actividad contempla medios para evitar la contaminación las aguas contando arquetas, separadores y deposito estanco.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para llevar a cabo las obras, así como la implantación de la solera de hormigón
de las dos edificaciones y la construcción de los viales y las parcelas de acampada y
aparcamientos. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de
compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que
presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas
preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de
manera aceptable para el medio edáfico.
— Fauna.
No consta la existencia en la parcela de valores naturales reconocidos en los Planes de
Gestión de los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Mediante la aplicación de las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que
este impacto será de carácter compatible.
— Vegetación.
No consta la existencia en la parcela de valores naturales reconocidos en los Planes de
Gestión de los Espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62425
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies
presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas
Por el interior de la finca “La Canal” discurre el arroyo de la Canal, que constituye el
DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA),
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
La actividad contempla medios para evitar la contaminación las aguas contando arquetas, separadores y deposito estanco.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para llevar a cabo las obras, así como la implantación de la solera de hormigón
de las dos edificaciones y la construcción de los viales y las parcelas de acampada y
aparcamientos. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de
compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que
presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas
preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de
manera aceptable para el medio edáfico.
— Fauna.
No consta la existencia en la parcela de valores naturales reconocidos en los Planes de
Gestión de los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Mediante la aplicación de las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que
este impacto será de carácter compatible.
— Vegetación.
No consta la existencia en la parcela de valores naturales reconocidos en los Planes de
Gestión de los Espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.