Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063960)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Campamento de turismo dentro del complejo turístico en la finca La Canal, Polígono 7 parcela 67", cuyo promotor es Ayuntamiento de Alconera, en el término municipal de Alconera. Expte.: IA20/1278.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021

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directa o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales siempre que se adopten
las medidas preventivas y correctoras recogidas en el mismo, y que se han incorporado en
el presente informe. Además, indica una serie de consideraciones:
• La mayor afección que puede causar el proyecto es la ocupación espacial de la superficie de actuación (edificios, viales, zonas ajardinadas, etc.), contaminación lumínica por
alumbrado, y posibles filtraciones por lixiviación al cauce público.
• No obstante, la superficie afectada por el proyecto se encuentra en un área donde no
consta la presencia de hábitats naturales ni especies de fauna inventariada, salvo la cercanía a la ZEC: “Cuevas de Alconera”, que se encuentra a unos 150 metros de la zona de
actuación. Esta ZEC alberga especies de importancia a nivel nacional: murciélago grande
de herradura (tránsito) y murciélago pequeño de herradura (tránsito). Ninguna de las
actuaciones planteadas afecta directamente a la ZEC.
• No obstante, es importante extrema las precauciones para que ninguna de las actuaciones derivadas, directa o indirectamente, del proyecto, como podrían ser futuras rutas
turísticas, senderos, etc. puedan causar molestias o perturbar el entorno inmediato a la
ZEC: “Cuevas de Alconeras”.
• La zona de actuación es un área antropizada, dentro de parcelas de olivar, donde ya existen un número importante de instalaciones municipales asociadas al uso y disfrute de
la naturaleza (instalaciones deportivas, chiringuito, aseos, casas rurales, cuatro chozos
rurales, piscinas, zonas ajardinadas, etc.). Por lo que el proyecto, no va a suponer un
impacto considerable al contemplar actuaciones asociadas a las ya existentes, desarrollándose todas en el mismo entorno ya alterado.
• También como positivo La finca “La Canal”, dispone de red de energía eléctrica y red
municipal de abastecimiento de agua, además del manantial natural de agua allí existente, por lo que el proyecto no contempla la instalación de ninguna nueva línea eléctrica.
Tampoco se van a cortar árboles autóctonos salvo algún olivo.
— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural emite informe favorable
al proyecto de referencia, condicionado al cumplimiento de una serie de medidas destinadas a la protección del patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado. El informe se emite en virtud de lo establecido en los artículos 30 y 49
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, sin
perjuicio de aquellos otros requisitos legal o reglamentariamente establecidos.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Dirección General de Política Forestal informa que, este tipo de infraestructuras la legislación autonómica establece
las medidas preventivas en este tipo de situaciones: