Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063874)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Provincia de Badajoz, para el ciclo formativo de grado medio de Farmacia y Parafarmacia en el IES Siberia Extremeña de Talarrubias.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62338
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
profesional podrán suscribir convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
5. Que el apartado 5 del artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo indica
que con el fin de facilitar al alumnado la adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, promoverán la
autonomía pedagógica organizativa y de gestión de los centros que impartan formación
profesional, fomentarán el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de
formación, investigación e innovación en su ámbito docente, así como las actuaciones que
favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.
ACUERDAN
1. S
uscribir el presente acuerdo de colaboración para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Incorporar al presente acuerdo de colaboración, a lo largo del periodo de vigencia, las relaciones nominales de alumnos y alumnas acogidos al mismo (Anexo II), el programa de
formación (Anexo III. a y b) que podrá ser modificado y adaptado en función de las necesidades del desarrollo del mismo, y los documentos necesarios que faciliten su seguimiento
y evaluación.
3. F
ormalizar el presente acuerdo de colaboración conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. El alumnado seleccionado, hasta 25 estudiantes, del ciclo formativo de grado medio
de Farmacia y Parafarmacia (SAN2-2), desarrollarán las actividades formativas programadas
en el Anexo III-a y Anexo III-b, que podrán ser modificadas y adaptadas en función de las
necesidades del desarrollo de las mismas, en los locales de las farmacias adscritas al Colegio
Oficial de Farmacéuticos de la provincia Badajoz, que expresamente hayan manifestado su
voluntad de participar en el proyecto de Formación Profesional Dual, en su caso, en aquellos
lugares en los que dichas farmacias desarrollen su actividad, sin que ello implique relación
laboral alguna con ninguna de las farmacias adscritas al Colegio Oficial de Farmacéuticos de
la provincia de Badajoz.
Será en el programa formativo donde se concrete la distribución horaria y jornada de participación de los estudiantes en el centro educativo y las farmacias adscritas al Colegio Oficial
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62338
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
profesional podrán suscribir convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
5. Que el apartado 5 del artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo indica
que con el fin de facilitar al alumnado la adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, promoverán la
autonomía pedagógica organizativa y de gestión de los centros que impartan formación
profesional, fomentarán el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de
formación, investigación e innovación en su ámbito docente, así como las actuaciones que
favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.
ACUERDAN
1. S
uscribir el presente acuerdo de colaboración para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Incorporar al presente acuerdo de colaboración, a lo largo del periodo de vigencia, las relaciones nominales de alumnos y alumnas acogidos al mismo (Anexo II), el programa de
formación (Anexo III. a y b) que podrá ser modificado y adaptado en función de las necesidades del desarrollo del mismo, y los documentos necesarios que faciliten su seguimiento
y evaluación.
3. F
ormalizar el presente acuerdo de colaboración conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. El alumnado seleccionado, hasta 25 estudiantes, del ciclo formativo de grado medio
de Farmacia y Parafarmacia (SAN2-2), desarrollarán las actividades formativas programadas
en el Anexo III-a y Anexo III-b, que podrán ser modificadas y adaptadas en función de las
necesidades del desarrollo de las mismas, en los locales de las farmacias adscritas al Colegio
Oficial de Farmacéuticos de la provincia Badajoz, que expresamente hayan manifestado su
voluntad de participar en el proyecto de Formación Profesional Dual, en su caso, en aquellos
lugares en los que dichas farmacias desarrollen su actividad, sin que ello implique relación
laboral alguna con ninguna de las farmacias adscritas al Colegio Oficial de Farmacéuticos de
la provincia de Badajoz.
Será en el programa formativo donde se concrete la distribución horaria y jornada de participación de los estudiantes en el centro educativo y las farmacias adscritas al Colegio Oficial