Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2021063894)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de la ayuda a la destilación de subproductos de la vinificación en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2021/2022, al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español. Ejercicio FEAGA 2022.
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NÚMERO 249
62380
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
Decimoséptimo. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1.
La presente resolución producirá efectos desde su publicación simultánea en el Diario
Oficial de la Junta de Extremadura y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. C
ontra la presente resolución de convocatoria, que no pone fin la vía administrativa, se
podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaria General o ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de un mes, contado desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los artículos 36.i)
y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 13 de diciembre de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
62380
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
Decimoséptimo. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1.
La presente resolución producirá efectos desde su publicación simultánea en el Diario
Oficial de la Junta de Extremadura y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. C
ontra la presente resolución de convocatoria, que no pone fin la vía administrativa, se
podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaria General o ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de un mes, contado desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los artículos 36.i)
y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 13 de diciembre de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ