Urvipexsa, S.a.. Viviendas. (2021081634)
Anuncio de 10 de diciembre de 2021 por el que se publican las listas definitivas de solicitantes, aprobadas por la Comisión de Valoración, en sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2021, en el procedimiento para la selección de inmuebles del programa piloto "Rehabita", a desarrollar en los municipios de Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera y Olivenza.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62615
URVIPEXSA, SA.
ANUNCIO de 10 de diciembre de 2021 por el que se publican las listas definitivas
de solicitantes, aprobadas por la Comisión de Valoración, en sesión celebrada
el día 3 de diciembre de 2021, en el procedimiento para la selección de
inmuebles del programa piloto "Rehabita", a desarrollar en los municipios de
Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera
y Olivenza. (2021081634)
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 5.6, del Acuerdo de convocatoria de la Dirección
Gerencia de URVIPEXSA, SA, de fecha 28 de Julio de 2021, (DOE número 147, de 2 de Agosto
de 2021), se procede a publicar en el Diario Oficial de Extremadura, mediante anexos adjuntos,
la resolución de las alegaciones presentadas y la lista definitiva de solicitantes, aprobadas por la
Comisión de Valoración, en sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2021, en el procedimiento
para la selección de inmuebles del programa piloto “Rehabita”, a desarrollar en los municipios de
Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera y Olivenza.
JURISDICCIÓN Y RECURSOS.
La sociedad pública URVIPEXSA, SA, forma parte del sector público delimitado en la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP 9/17). En concreto, es un poder adjudicador distinto
de la Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.3.d de la LCSP 9/17.
El negocio jurídico que los seleccionados, tras la convocatoria pública, formalicen con la sociedad URVIPEXSA, SA, constitución de usufructo a título oneroso por enajenación, se encuentra
excluido del ámbito de aplicación de la LCSP 9/17, en virtud de lo establecido en los artículos 4
y 9 de citada Ley, y se regulará por la legislación patrimonial que le resulte aplicable, rigiendo
los principios de aquella para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
El contrato que se suscriba con el adjudicatario tendrá naturaleza privada y, en consecuencia,
se estará a lo dispuesto en el derecho privado y a los términos y acuerdos previstos y derivados de la convocatoria, (artículos 24 y ss de la LCSP 9/17), en cuanto a su preparación y
adjudicación, y por lo que respecta a los efectos y extinción del contrato.
Corresponde al orden jurisdiccional civil el conocimiento de las cuestiones litigiosas que se susciten en relación con la preparación y adjudicación del contrato, e igualmente para resolver las
controversias que surjan entre las partes en relación con el cumplimiento, efectos y extinción.
Cáceres, 10 de diciembre 2021. La Secretaria de la Comisión de Valoración, M.ª DESAMPARADOS ANDRÉS NAVARRO.
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62615
URVIPEXSA, SA.
ANUNCIO de 10 de diciembre de 2021 por el que se publican las listas definitivas
de solicitantes, aprobadas por la Comisión de Valoración, en sesión celebrada
el día 3 de diciembre de 2021, en el procedimiento para la selección de
inmuebles del programa piloto "Rehabita", a desarrollar en los municipios de
Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera
y Olivenza. (2021081634)
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 5.6, del Acuerdo de convocatoria de la Dirección
Gerencia de URVIPEXSA, SA, de fecha 28 de Julio de 2021, (DOE número 147, de 2 de Agosto
de 2021), se procede a publicar en el Diario Oficial de Extremadura, mediante anexos adjuntos,
la resolución de las alegaciones presentadas y la lista definitiva de solicitantes, aprobadas por la
Comisión de Valoración, en sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2021, en el procedimiento
para la selección de inmuebles del programa piloto “Rehabita”, a desarrollar en los municipios de
Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera y Olivenza.
JURISDICCIÓN Y RECURSOS.
La sociedad pública URVIPEXSA, SA, forma parte del sector público delimitado en la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP 9/17). En concreto, es un poder adjudicador distinto
de la Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.3.d de la LCSP 9/17.
El negocio jurídico que los seleccionados, tras la convocatoria pública, formalicen con la sociedad URVIPEXSA, SA, constitución de usufructo a título oneroso por enajenación, se encuentra
excluido del ámbito de aplicación de la LCSP 9/17, en virtud de lo establecido en los artículos 4
y 9 de citada Ley, y se regulará por la legislación patrimonial que le resulte aplicable, rigiendo
los principios de aquella para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
El contrato que se suscriba con el adjudicatario tendrá naturaleza privada y, en consecuencia,
se estará a lo dispuesto en el derecho privado y a los términos y acuerdos previstos y derivados de la convocatoria, (artículos 24 y ss de la LCSP 9/17), en cuanto a su preparación y
adjudicación, y por lo que respecta a los efectos y extinción del contrato.
Corresponde al orden jurisdiccional civil el conocimiento de las cuestiones litigiosas que se susciten en relación con la preparación y adjudicación del contrato, e igualmente para resolver las
controversias que surjan entre las partes en relación con el cumplimiento, efectos y extinción.
Cáceres, 10 de diciembre 2021. La Secretaria de la Comisión de Valoración, M.ª DESAMPARADOS ANDRÉS NAVARRO.