Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Centro De Atención A Personas Mayores. Subvenciones. (2021064011)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de obras de reforma y/o ampliación y la adquisición de equipamientos de centros residenciales y centros de día para personas mayores en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

62120

Las entidades beneficiarias deberán cumplir además las siguientes obligaciones de información y publicidad:
a) En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, deberá reconocerse el apoyo de FEDER a la operación mostrando el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas establecidas por la Comisión, y una referencia a
la Unión Europea y a FEDER.
b) Durante la realización de la operación, deberá informarse al público del apoyo obtenido de FEDER haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que
disponga de uno, de la operación con sus objetivos y resultados y del apoyo financiero
prestado por la Unión.
c) Deberá asegurarse de que las partes que intervienen en la operación cofinanciada por
FEDER han sido informadas de dicha cofinanciación.
Tercero. Tendrán la consideración de subvencionables aquellos gastos que, respondiendo
de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente
necesarios y, habiéndose producido una vez dictada la resolución de concesión de subvención,
sean abonados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación de las distintas
ayudas. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
En particular, y sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, serán subvencionables:
− En relación al equipamiento, la adquisición de mobiliario, el mobiliario geriátrico y/o la
maquinaria industrial estrictamente necesarios para la puesta en marcha de plazas para
personas mayores en situación de dependencia, así como los gastos en que se incurran
para su embalaje, transporte, almacenamiento e instalación.
− En relación a las obras de reforma/ampliación, los gastos necesarios para la realización
de la obra de acuerdo con el proyecto de obra y el presupuesto pormenorizado presentado por la entidad desglosados por capítulos, a excepción de los indicados en el apartado
4, y entre ellos, toda la relación de materiales de construcción, mano de obra, arrendamiento de maquinarias, vehículo, servicios de profesionales.
Respecto a los gastos que se hayan producido con anterioridad a la fecha de la resolución de
concesión, se considerarán subvencionables siempre que quede constancia de que los mismos
tienen su origen en la realización de la actividad subvencionada y que, en todo caso, se han
producido desde el 1 de enero de 2021.
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