Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Centro De Atención A Personas Mayores. Subvenciones. (2021064011)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de obras de reforma y/o ampliación y la adquisición de equipamientos de centros residenciales y centros de día para personas mayores en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

62115

Sexto. La forma de pago y la justificación de esta subvención viene determinado en el artículo
13, quedando las entidades beneficiarias eximidas de la constitución de garantía con respecto
a las cantidades a abonar con carácter anticipado en el marco de la presente subvención, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La subvención será liquidada en dos pagos.
El primero de los pagos será del 50% de la subvención total concedida, y se librará una vez
dictada la resolución de concesión, previa presentación de la documentación probatoria del
cumplimiento de los requisitos de publicidad establecidos en el artículo 10.3.e) del Decreto
76/2021, o en su caso, certificado de cumplimiento de los mismos.
La aportación de la documentación para el libramiento del primer pago de la subvención deberá efectuarse en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
notificación de resolución de concesión que se propone.
El segundo de los pagos se liquidará en el ejercicio 2022 y la cuantía vendrá determinada por
el importe de la subvención que restara abonar, aplicando, en su caso, lo establecido en el
artículo 12 del Decreto 76/2021, de 30 de junio.
A tal fin, deberá presentarse la siguiente documentación, antes del 1 de agosto de 2022:
— Certificado de la Secretaría/Intervención, en el que se acredite que en la tramitación del
expediente se han cumplido todas las prescripciones establecidas en las disposiciones legales vigentes en materia de contratación y régimen local, si no ha sido ya aportado. Deberá
precisar igualmente el importe de la adjudicación, tipo de tramitación y procedimiento de
adjudicación, y, en su caso, el plazo de ejecución, fecha de inicio y fin de la obra y fecha
de recepción de la misma.
− Certificado de la Secretaría/Intervención con el desglose de los gastos y pagos efectuados,
por importe igual o superior al primer pago de la subvención percibida en 2021.
− En el caso de obras, certificaciones acreditativas del porcentaje de obra realizada desglosadas por capítulos, conceptos e importe por cuantía igual o superior al primer pago de la
subvención, emitidas por la dirección de las obras en las que figure la supervisión del personal técnico competente que deberá contemplarse en modelos normalizados y acompañadas
de su correspondiente relación valorada.

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