Universidad De Extremadura. Titulaciones Universitarias. (2021063881)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Doctorado de la Universidad de Extremadura.
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021
62164
4. Quienes incumplan los requisitos de permanencia en un determinado Programa no podrán
proseguir sus estudios en el mismo, pero podrán solicitar su admisión en otro, siempre que
se ajusten a los criterios de acceso y admisión de ese nuevo Programa.
Artículo 7. La tutorización de estudiantes de doctorado.
Podrán ejercer la tutorización de estudiantes de doctorado miembros del personal docente e
investigador del Programa, con acreditada experiencia investigadora, que tendrá el encargo
de velar por la interacción de cada estudiante con la persona responsable de la Dirección de
su tesis y con la Comisión Académica del Programa. Asimismo, será responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora de cada estudiante de doctorado.
En el momento de admisión en el programa de Doctorado, la Comisión Académica asignará a
cada estudiante un tutor.
La Comisión Académica, oído cada estudiante, podrá modificar el nombramiento de la persona
encargada de su tutorización en cualquier momento del periodo de realización del doctorado,
siempre que concurran razones justificadas.
La labor de tutorización será reconocida como parte de la dedicación docente e investigadora
del profesorado de conformidad con el Real Decreto 99/2011.
Artículo 8. Derechos y deberes de estudiantes de doctorado: Documento de compromiso, resolución de conflictos y Guía de Buenas Prácticas.
1. Quienes sean estudiantes de doctorado de la Universidad de Extremadura tendrán los derechos y deberes establecidos en el capítulo II del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, y en el artículo 194
del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Extremadura. Las actuaciones en este ámbito se adecuarán a la Resolución del Consejo
de Universidades, de 16 de septiembre de 2008, sobre la recomendación de la Comisión
Europea, de 11 de marzo de 2005, relativa a la Carta Europea del Investigador.
2. E
l Documento de Compromiso recoge las funciones de supervisión de cada estudiante de
doctorado e incluirá las condiciones de realización de la Tesis doctoral, así como los derechos y deberes de cada estudiante, de su tutorización y de la Dirección de la Tesis doctoral.
Asimismo, incluirá lo relativo a la confidencialidad de la investigación doctoral, a la resolución de conflictos entre los agentes implicados en el desarrollo del programa o los derivados de la propiedad intelectual o industrial derivados de la investigación, de acuerdo con
lo establecido por el Reglamento de la EDUEx.
Martes, 28 de diciembre de 2021
62164
4. Quienes incumplan los requisitos de permanencia en un determinado Programa no podrán
proseguir sus estudios en el mismo, pero podrán solicitar su admisión en otro, siempre que
se ajusten a los criterios de acceso y admisión de ese nuevo Programa.
Artículo 7. La tutorización de estudiantes de doctorado.
Podrán ejercer la tutorización de estudiantes de doctorado miembros del personal docente e
investigador del Programa, con acreditada experiencia investigadora, que tendrá el encargo
de velar por la interacción de cada estudiante con la persona responsable de la Dirección de
su tesis y con la Comisión Académica del Programa. Asimismo, será responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora de cada estudiante de doctorado.
En el momento de admisión en el programa de Doctorado, la Comisión Académica asignará a
cada estudiante un tutor.
La Comisión Académica, oído cada estudiante, podrá modificar el nombramiento de la persona
encargada de su tutorización en cualquier momento del periodo de realización del doctorado,
siempre que concurran razones justificadas.
La labor de tutorización será reconocida como parte de la dedicación docente e investigadora
del profesorado de conformidad con el Real Decreto 99/2011.
Artículo 8. Derechos y deberes de estudiantes de doctorado: Documento de compromiso, resolución de conflictos y Guía de Buenas Prácticas.
1. Quienes sean estudiantes de doctorado de la Universidad de Extremadura tendrán los derechos y deberes establecidos en el capítulo II del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, y en el artículo 194
del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Extremadura. Las actuaciones en este ámbito se adecuarán a la Resolución del Consejo
de Universidades, de 16 de septiembre de 2008, sobre la recomendación de la Comisión
Europea, de 11 de marzo de 2005, relativa a la Carta Europea del Investigador.
2. E
l Documento de Compromiso recoge las funciones de supervisión de cada estudiante de
doctorado e incluirá las condiciones de realización de la Tesis doctoral, así como los derechos y deberes de cada estudiante, de su tutorización y de la Dirección de la Tesis doctoral.
Asimismo, incluirá lo relativo a la confidencialidad de la investigación doctoral, a la resolución de conflictos entre los agentes implicados en el desarrollo del programa o los derivados de la propiedad intelectual o industrial derivados de la investigación, de acuerdo con
lo establecido por el Reglamento de la EDUEx.