Universidad De Extremadura. Titulaciones Universitarias. (2021063881)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Doctorado de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

62161

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 20 de julio de 2021 se aprueba el nuevo Reglamento de la Escuela Internacional de Doctorado, por lo que procede adaptar la normativa
a la atribución de las competencias en materia de doctorado establecidas en el Real Decreto
99/2011, a la Escuela Internacional de Doctorado.
CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto.
La presente normativa tiene por objeto la organización y regulación de los estudios de doctorado, conducentes a la obtención del Título de Doctor en el ámbito de la Universidad de
Extremadura, al amparo del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las
enseñanzas oficiales de doctorado con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,
modificado por el Real Decreto 43/2015 de 2 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales y el Real Decreto 195/2016,de 13 de mayo, por el que se establecen
los requisitos para la expedición del Suplemento Europeo del Título de Doctor.
Artículo 2. Definiciones.
1. S
 e entiende por Doctorado el tercer ciclo de estudios universitarios oficiales, conducente a
la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica
de calidad.
2. S
 e denomina Programa de Doctorado a un conjunto de actividades conducentes a la adquisición de las competencias y habilidades necesarias para la obtención del Título de Doctor.
Cada Programa de Doctorado tendrá por objeto el desarrollo de los distintos aspectos formativos de quien curse estudios de doctorado y establecerá los procedimientos y líneas de
investigación para el desarrollo de Tesis doctorales, y su profesorado estará constituido por
todos los doctores que formen parte del (de los) equipo (s) de investigación verificado (s).
3. T
 iene la consideración de Estudiante de Doctorado quien, previa acreditación de los requisitos establecidos en la normativa cuente con admisión a un programa de Doctorado y se
haya matriculado en el mismo.
4. L
 a persona responsable de la Dirección de la Tesis Doctoral es quien ostenta el compromiso
máximo en la conducción del conjunto de las tareas de investigación de cada estudiante
de doctorado.
5. L
 a persona que ejerza las funciones de tutorización es responsable de la adecuación de la
formación y de la actividad investigadora a los principios de los programas.