Universidad De Extremadura. Titulaciones Universitarias. (2021063881)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Doctorado de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

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Artículo 28. Documento de Actividades.
El Documento de Actividades es el registro individualizado y de control de las actividades
llevadas a cabo por cada estudiante de doctorado desde su matriculación en el Programa
de Doctorado. En dicho documento se inscribirán todas las actividades de formación desarrolladas según lo establecido en la Memoria del Programa y será revisado por las personas
responsables de la tutorización y de la Dirección de la Tesis doctoral, y evaluado anualmente
por su respectiva Comisión Académica.
Podrán modificarse el tipo y nombre de las actividades con el aval de las personas responsables de la tutorización y de la Dirección de la Tesis Doctoral, previa autorización de la Comisión
Académica del Programa de Doctorado.
Es responsabilidad de cada estudiante de doctorado aportar a las personas responsables de
su tutorización y de la Dirección de su Tesis Doctoral los documentos que certifiquen la realización de las actividades incluidas en el documento, así como cualquier otro que, a estos
efectos, requiera la Comisión Académica del Programa.
CAPÍTULO V. Tesis doctoral
Artículo 29. Tesis doctoral.
La Tesis doctoral consistirá en un trabajo original de investigación relacionado con alguno de
los campos del conocimiento (Científico, Humanístico, Biomédico, Social y Jurídico, y Técnico). La Tesis debe capacitar para el trabajo autónomo en el ámbito de la I+D+I.
Artículo 30. Dirección y codirección de la Tesis doctoral.
1. A cada estudiante de doctorado se le asignará por parte de la Comisión Académica una
persona responsable de la Dirección de su Tesis que tendrá la función de conducir el conjunto de tareas de investigación, así como de garantizar la coherencia e idoneidad de las
actividades de formación, del impacto y novedad en el campo de la temática de la Tesis
Doctoral y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a la de otros proyectos
y actividades donde se inscriba cada estudiante.
2. E
 n el caso de que no se asigne una persona para dirigir la Tesis en el momento de la admisión, la Comisión Académica habrá de designarla en el plazo máximo de tres meses desde
la matriculación de cada estudiante de doctorado.
3. P
 odrá dirigir la Tesis cualquier Doctor o Doctora, con nacionalidad española o extranjera,
con experiencia investigadora acreditada en alguna de las líneas investigadoras del Programa de Doctorado, con independencia de la universidad, centro o institución en que preste