Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063783)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre el Centro de Estudios Sanitarios del Mediterráneo, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021
62073
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor del
hospital.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado
e) G
uardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor.
f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas de las posibles incidencias
surgidas.
g) Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en
condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
Séptima. Derechos y deberes del tutor del centro sanitario.
El tutor del centro sanitario tendrá los siguientes derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte del centro formativo.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como del
proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios
de su función.
Asimismo, tendrá los siguientes deberes:
a) Acoger al alumno/a y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en
el proyecto formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al alumno/a de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico el desarrollo de las actividades establecidas en el convenio de cooperación educativa, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo
que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la
misma y el control de permisos para la realización de exámenes.
Martes, 28 de diciembre de 2021
62073
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor del
hospital.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado
e) G
uardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor.
f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas de las posibles incidencias
surgidas.
g) Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en
condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
Séptima. Derechos y deberes del tutor del centro sanitario.
El tutor del centro sanitario tendrá los siguientes derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte del centro formativo.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como del
proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios
de su función.
Asimismo, tendrá los siguientes deberes:
a) Acoger al alumno/a y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en
el proyecto formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al alumno/a de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico el desarrollo de las actividades establecidas en el convenio de cooperación educativa, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo
que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la
misma y el control de permisos para la realización de exámenes.