Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021063862)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos en régimen presencial completo, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso 2022-2023.
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NÚMERO 245
61212
Jueves, 23 de diciembre de 2021
Admisión y matriculación 2022-2023. Calendario de actuaciones.
Matrícula del alumnado que no promociona a segundo (septiembre)
Fecha o plazo
Actuación
Anexos de
referencia
6 al 9 de septiembre
Matrícula en primero del alumnado que no promociona a
Anexo II
segundo en la evaluación de septiembre.
12 de septiembre
Fecha límite de mecanización de matrícula del alumnado recogido en la actuación
anterior.
Anexo III
ADMISIÓN A SEGUNDO CURSO.
Decimonoveno. Solicitudes ordinarias de traslados de matrícula y admisión ambas
a segundo curso.
1. L
as solicitudes de traslados de matrícula y admisión a segundo curso, junto con la documentación necesaria, se presentarán en el ciclo y centro en el que se pretende la admisión
utilizando el formulario que se especifica en el anexo I, de acuerdo con el calendario que
se especifica en el apartado vigésimo cuarto de esta resolución. Si quisieran hacerse varias
peticiones se presentarán tantas solicitudes de admisión como sean necesarias.
2. D
ichas solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía en materia de registro incluidas en el anexo a la Resolución de 23 de abril de 2021,
de la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que
se hace pública la relación de las Oficina de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera de las formas previstas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, dentro del plazo fijado de acuerdo con el calendario que
se especifica en al apartado vigésimo cuarto.
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en
sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
3. L
a documentación que será preciso presentar por parte de la persona solicitante es la que
atestigua su identidad, la de su situación académica en el ciclo formativo que se desea
cursar o en el ciclo formativo cuyo primer curso es común, así como la condición de acceso
a estas enseñanzas. Dicha documentación podrá ser omitida si ya consta en la plataforma
de gestión educativa Rayuela, y la persona solicitante no se opone a que la Consejería de
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Jueves, 23 de diciembre de 2021
Admisión y matriculación 2022-2023. Calendario de actuaciones.
Matrícula del alumnado que no promociona a segundo (septiembre)
Fecha o plazo
Actuación
Anexos de
referencia
6 al 9 de septiembre
Matrícula en primero del alumnado que no promociona a
Anexo II
segundo en la evaluación de septiembre.
12 de septiembre
Fecha límite de mecanización de matrícula del alumnado recogido en la actuación
anterior.
Anexo III
ADMISIÓN A SEGUNDO CURSO.
Decimonoveno. Solicitudes ordinarias de traslados de matrícula y admisión ambas
a segundo curso.
1. L
as solicitudes de traslados de matrícula y admisión a segundo curso, junto con la documentación necesaria, se presentarán en el ciclo y centro en el que se pretende la admisión
utilizando el formulario que se especifica en el anexo I, de acuerdo con el calendario que
se especifica en el apartado vigésimo cuarto de esta resolución. Si quisieran hacerse varias
peticiones se presentarán tantas solicitudes de admisión como sean necesarias.
2. D
ichas solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía en materia de registro incluidas en el anexo a la Resolución de 23 de abril de 2021,
de la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que
se hace pública la relación de las Oficina de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera de las formas previstas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, dentro del plazo fijado de acuerdo con el calendario que
se especifica en al apartado vigésimo cuarto.
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en
sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
3. L
a documentación que será preciso presentar por parte de la persona solicitante es la que
atestigua su identidad, la de su situación académica en el ciclo formativo que se desea
cursar o en el ciclo formativo cuyo primer curso es común, así como la condición de acceso
a estas enseñanzas. Dicha documentación podrá ser omitida si ya consta en la plataforma
de gestión educativa Rayuela, y la persona solicitante no se opone a que la Consejería de