Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021063862)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos en régimen presencial completo, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso 2022-2023.
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NÚMERO 245
Jueves, 23 de diciembre de 2021

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7. T
 odas las actuaciones de este artículo habrán de ser realizadas siguiendo la temporalización
que marca el calendario que se indica en el apartado decimoctavo.
Decimotercero. Procedimiento de adjudicación coordinada de puestos escolares.
Opciones del alumnado en cada adjudicación.
1. E
 l procedimiento de adjudicación coordinada de puestos escolares a primer curso constará
de un periodo de solicitud de admisión y de dos adjudicaciones. La primera adjudicación se
realizará sobre las solicitudes presentadas que dispongan de la correspondiente condición
de acceso y la segunda adjudicación en el mes de septiembre, conforme a las siguientes
precisiones:
a) La primera adjudicación se realizará una vez publicada la información definitiva de solicitantes en julio que en ese momento dispongan de la correspondiente condición de
acceso coherente con el cupo y/o subcupo elegido.
b) La segunda adjudicación se realizará una vez finalizado el primer periodo de matrícula.
En ella se incorporarán las plazas vacantes para las que, habiéndose obtenido plaza en
la primera adjudicación, no se hubiera formalizado matrícula. También las resultantes
del proceso de matriculación del alumnado que deba repetir curso de acuerdo a los resultados de la evaluación de septiembre y no hayan formalizado la matrícula, como se
indica en el punto decimoséptimo de esta resolución.
2. E
 n cada una de las adjudicaciones, para la persona que haya obtenido el puesto escolar
solicitado en primer lugar se estará obligada a formalizar matrícula en la plaza obtenida no
teniendo que realizar ninguna acción adicional en adjudicaciones posteriores si las hubiera.
En caso contrario se perderá dicha plaza y se quedará fuera del proceso de admisión.
3. P
 ara quien en la primera adjudicación haya obtenido el puesto escolar en un ciclo distinto
al solicitado en primer lugar se deberá optar por:
a) Formalizar la matrícula en la plaza conseguida. En cuyo caso no tendrá que realizar ninguna acción adicional en la siguiente adjudicación, no pudiendo optar a poder mejorar
su plaza con posterioridad en la segunda adjudicación.
b) No realizar acción alguna con lo que consigue realizar reserva del puesto escolar obtenido, en espera de obtener otro más favorable en la siguiente adjudicación. Si se consigue
otro más favorable, se perderá la plaza reservada.
4. C
 uando después de la segunda adjudicación las personas solicitantes hayan obtenido una
plaza diferente a la elegida en primer lugar, se podrá o no formalizar la correspondiente
matrícula. De cualquier manera, pasarán automáticamente a formar parte de las listas de