Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063802)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la segunda Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Sociedad de Garantía Reciproca Extremeña de Avales (EXTRAVAL), para la gestión del programa de ayudas para facilitar el acceso a la liquidez para autónomos y pymes para afrontar los efectos económicos negativos del COVID-19, regulado en el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

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regulado en el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, como consecuencia de que su contenido
se haya visto afectado por la entrada en vigor del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el
que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del
desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el
que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se
establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia
de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para
afrontar los efectos negativos del COVID-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.
Segunda. Modificación del contenido del Convenio.
Las partes de común acuerdo convienen realizar las siguientes modificaciones en el contenido
del convenio de colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la
Sociedad de Garantía Recíproca Extremeña de Avales (EXTRAVAL), para la gestión del programa de ayudas para facilitar el acceso a la liquidez para autónomos y pymes para afrontar
los efectos económicos negativos del COVID-19, regulado en el Decreto-ley 9/2020, de 8 de
mayo:
Uno.
Se modifica el apartado tercero de la parte expositiva del convenio, a la que se le da una
nueva redacción con el siguiente tenor:
“Tercero. En el vigente capítulo 2 del citado Decreto-ley se articula un programa de ayudas para facilitar el acceso a la liquidez para autónomos y pymes para afrontar los efectos económicos negativos del COVID-19, en el cual se contempla una línea denominada
Ayudas de la Línea de Microcréditos Circulante COVID-19, desde la que se subvencionan determinados costes de comisiones y tipos de interés de aquellas operaciones de
avales y préstamos formalizados antes del 31 de diciembre de 2021, hasta un importe
máximo de 150.000 euros”.
Dos.
Se modifica la cláusula segunda (actuaciones subvencionables), a la que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:


“Segunda. Actuaciones subvencionables.

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