Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021063900)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso con discapacidad intelectual a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Planchador/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021
60896
1.5. L
as bases y anexos de la presente convocatoria, así como toda la información relacionada
con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso selectivo estarán disponibles
en internet a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud
(https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/).
Asimismo, la presente convocatoria y sus anexos estarán disponible en Lectura Fácil en la
dirección
https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/ayudas/mostrarFichero/lectu-
rafacilplanchador.pdf
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
2.1. P
ara ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
a) Tener una discapacidad psíquica originada por discapacidad intelectual y que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Aquellos aspirantes que no reúnan este requisito pasaran al turno de discapacidad de
la convocatoria general, previa comunicación al interesado.
b) Poseer la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los
españoles.
Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en
el ámbito de aplicación de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
c) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del certificado oficial de estudios obligatorios o título o certificado
equivalente, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de
solicitudes.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, o en
condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento
por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de
solicitudes.
Miércoles, 22 de diciembre de 2021
60896
1.5. L
as bases y anexos de la presente convocatoria, así como toda la información relacionada
con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso selectivo estarán disponibles
en internet a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud
(https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/).
Asimismo, la presente convocatoria y sus anexos estarán disponible en Lectura Fácil en la
dirección
https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/ayudas/mostrarFichero/lectu-
rafacilplanchador.pdf
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
2.1. P
ara ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
a) Tener una discapacidad psíquica originada por discapacidad intelectual y que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Aquellos aspirantes que no reúnan este requisito pasaran al turno de discapacidad de
la convocatoria general, previa comunicación al interesado.
b) Poseer la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los
españoles.
Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en
el ámbito de aplicación de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
c) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del certificado oficial de estudios obligatorios o título o certificado
equivalente, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de
solicitudes.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, o en
condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento
por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de
solicitudes.