Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021063900)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso con discapacidad intelectual a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Planchador/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

60919

Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte privada
de la dirección de Internet https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/, dónde
cada uno de ellos podrá acceder a su contenido mediante sus claves personales de acceso o certificado digital.
A tal fin el Servicio Extremeño de Salud hará público en el Diario Oficial de Extremadura
de un anuncio que sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, en el que
se indicará a los participantes en este proceso selectivo tanto la puesta a disposición
de dicho certificado como el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente al
de dicha publicación, para que, en caso de disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito ante la Dirección General de Recursos Humanos y
Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud, acreditando documentalmente los
datos que se consideren erróneos.
b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios de Salud
y en otras Administraciones Públicas, incluida la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se acreditarán por el propio aspirante, mediante certificación
expedida por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los
mismos.
c) Los certificados de servicios prestados anteriormente señalados deberán contener la
categoría, el porcentaje de jornada y en su caso motivo de la reducción de la jornada de
los periodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Los servicios prestados en el ámbito privado con alta y cotización en la seguridad social
por cuenta ajena se acreditarán por el propio aspirante mediante el informe de la vida
laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social y el contrato de trabajo. Los
contratos de trabajo deberán contener la categoría, porcentaje de jornada y periodos
de tiempo trabajados (inicio y fin).
Los servicios prestados por cuenta propia, además del informe de vida laboral, se
acreditarán con la presentación del alta en el Impuesto de Actividades económicas, así
como el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social,
o en su caso, mutualidad, y se valorarán siempre que quede acreditado la realización
de las funciones propias de la categoría a la que opta.
e) C
 uando el idioma original de los certificados aportados para la acreditación de los servicios prestados sea distinto al castellano el aspirante deberá presentar, junto al original,
traducción literal del contenido de dichos documentos realizada por traductor jurado, en
caso contrario, no podrá valorarse.