Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021063900)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso con discapacidad intelectual a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Planchador/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

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ANEXO IV
PLANCHADOR/A DISCAPACIDAD INTELECTUAL
BAREMO DE MÉRITOS
La puntuación máxima total será de 40 puntos.
I. FORMACIÓN: la puntuación máxima en este apartado es de 10 puntos.
A. Formación profesional: Puntuación máxima 5 puntos.
Por estar en posesión del Título profesional básico en alojamiento y lavandería: 5 puntos.
En este apartado se valorarán las distintas titulaciones de los grados formativos profesional
básico, de grado medio o de grado superior.
Este mérito se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copias auténticas,
o bien mediante código seguro de verificación de conformidad con lo previsto en la Ley
6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
B. Formación no reglada: La puntuación máxima en este apartado es de 5 puntos.
Se valorarán los diplomas o certificados obtenidos en cursos directamente relacionados con
el contenido de la plaza a proveer que se indican a continuación:
1. L
 os organizados o impartidos por las administraciones públicas, los colegios profesionales o las universidades.
2. Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas y de Formación Ocupacional.
3. Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundaciones al
amparo de Convenios suscritos con la Administración General del Estado, las administraciones de las Comunidades Autónomas, el extinto INSALUD o los Servicios de Salud
de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados
por los mismos, siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diploma,
o bien se certifiquen debidamente.
Para la valoración del apartado relativo a “Formación no reglada” se tendrán en cuenta las
siguientes reglas:
a) Con carácter general, la puntuación de los cursos de formación se regirá por el sistema
de créditos, de tal manera que los cursos de formación aportados por los interesados