Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2021063924)
Extracto de la Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países, respecto de los proyectos presentados al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español para el ejercicio FEAGA 2023.
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NÚMERO 244

61028

Miércoles, 22 de diciembre de 2021

Decreto 137/2020, de 28 de enero (BOE n.º 25, de 29 de enero de 2020), por el Real Decreto
617/2020 de 30 de junio (BOE n.º 181, de 1 de julio de 2020) y por Real Decreto 283/2021,
de 20 de abril (BOE n.º 95, de 21 de abril de 2021).
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1363/2018 de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español (BOE n.º 266. de 3 de noviembre de
2018), modificado por el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre (BOE n.º 258, de 26 de
octubre), por Real Decreto 557/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020),
por Real Decreto 558/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020), por Real
Decreto 137/2020, de 28 de enero (BOE n.º 25, de 29 de enero de 2020), por el Real Decreto
617/2020 de 30 de junio (BOE n.º 181, de 1 de julio de 2020) y por Real Decreto 283/2021,
de 20 de abril (BOE n.º 95, de 21 de abril de 2021).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 120020000/G 341A 47000 / FA14000001/20090108, dotado con una cuantía inicial de
414.000 € distribuida en las siguientes anualidades:
— Anualidad 2022 175.000€.
— Anualidad 2023 239.000€.
Estos importes se podrán incrementar en las futuras asignaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a esta Comunidad Autónoma para la financiación de estas ayudas.
Financiación FEAGA 2023.
En la convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada quedando sometida
a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos
del ejercicio 2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes, junto con las propuestas de acciones y programas y la documentación correspondiente, se realizará antes del 15 de enero de 2022, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 1363/2018 de 2 de noviembre.
Mérida, 14 de diciembre de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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