Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2021AC0090)
Acuerdo de 15 de diciembre de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria de carácter internacional Meat Attraction, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

61073

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo
de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación
de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 7. Régimen comunitario de las ayudas.
Las ayudas recogidas en esta convocatoria se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo
superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de
tres ejercicios fiscales.
Artículo 8. Ordenación e Instrucción del procedimiento.
Corresponde al Subdirector de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U., la
ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de la ayuda regulada en la presente
convocatoria, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deberá formularse
la propuesta de resolución. En esta fase se verificará el cumplimiento de las condiciones
impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la ayuda, previa emisión del correspondiente informe técnico del que se dará traslado a la Comisión de Valoración que será
constituida al efecto.
Artículo 9. Comisión de Valoración.
1. P
 ara el análisis, valoración y prelación de las solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos en esta convocatoria se constituirá una Comisión de Valoración, compuesta por:
— Un presidente, a designar por el Órgano de Concesión con el puesto de coordinador del
Área de Comercialización e Internacionalización de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
— Un secretario, a designar por el Órgano de Concesión entre los puestos de técnico o
gestor del Área de Comercialización e Internacionalización de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.

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