Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050229)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

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de los/as mismos/as deberá comunicarse a la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, la cual podrá limitar el número de asesores/as a intervenir en cada Tribunal.
10. C
 orresponderá a los Tribunales la determinación concreta del contenido de las pruebas,
que deberá versar sobre las funciones propias de la Categoría y Especialidad a la que se
aspira y su calificación adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el
correcto desarrollo del proceso selectivo así como resolver todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de las presentes Bases y la resolución de aquellas cuestiones no
previstas en las mismas.
11. A
 los Tribunales les será de aplicación el régimen previsto en el Título Preliminar, Capítulo
II, Sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
para los Órganos Colegiados.
12. E
 l Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y
sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las Bases
de la convocatoria. En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se
contengan en los manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por la Dirección
General de Función Pública con el objeto de homogeneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
13. L
 os Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría primera de las
recogidas en el anexo III del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
14. L
 a documentación del proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que la Consejería de Hacienda y Administración Pública ponga a disposición de los
Tribunales de Selección para la idónea conservación y custodia de dicha documentación
durante todo el proceso selectivo.
Sexta. Sistema Selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el concurso-oposición y constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso.
2. F
 ase de Oposición. La fase de oposición se compondrá de un único ejercicio, de carácter
práctico, propuesto por el Tribunal de Selección y relacionado con el programa de materias
de la Especialidad correspondiente, en el tiempo y, en su caso, con los medios auxiliares
que dicho Tribunal disponga. El contenido de este ejercicio estará dirigido a apreciar la capacidad de los/as aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de la Especialidad.