Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050208)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

60035

Undécima. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Por Orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública serán
nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo Administrativo los funcionarios/as en
prácticas que hubiesen superado con calificación de “APTO/A” el periodo de prácticas, publicándose dichos nombramientos en el Diario Oficial de Extremadura con expresión del destino
adjudicado, conforme a lo establecido en la base anterior. Dicho destino tendrá carácter definitivo y a todos los efectos será equivalente al obtenido por concurso. La citada resolución
será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases
de la convocatoria.
Duodécima. Listas de Espera.
Para la constitución de Listas de Espera con los/as aspirantes que no superen el proceso de
selección, cuyo procedimiento se regula en el Título III del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, sólo se considerará la puntuación obtenida
en la fase de oposición, formando parte de la lista de espera aquellos/as aspirantes que sin
haber superado el proceso de selección, hayan aprobado al menos el primer ejercicio de la
fase de oposición.
En aplicación del artículo 30.4 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, que aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, si durante el desarrollo del proceso de selección, existiera la urgente necesidad de cubrir vacantes en las Especialidades convocadas y se hubieran agotado
las listas de espera existentes en las mismas, se constituirán listas de espera transitorias con
los/as aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio de la oposición, sin perjuicio de la
continuidad del proceso selectivo.
Las listas de espera constituidas tendrán carácter provisional y serán sustituidas por las nuevas listas de espera que se constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al
amparo de lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 201/1995 citado anteriormente.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas interesas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería
de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente