Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050208)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

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Los dos ejercicios de la fase de oposición podrán ser realizados el mismo día, salvo que
el elevado número de aspirantes u otras razones organizativas debidamente motivadas
determinen lo contrario. En este caso, una vez iniciadas las pruebas selectivas no será
obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios
en el Diario Oficial de Extremadura. En dicho supuesto, los anuncios deberán hacerse
públicos por el órgano de selección, a través de la Dirección General de Función Pública,
en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura con 48 horas,
al menos, de antelación al comienzo de las mismas y adicionalmente, en la dirección
https://ciudadano.juntaex.es/buscador-empleo-publico, de internet, siempre que sea posible.

En cualquier caso, en el mismo momento en el que los Tribunales de Selección hagan públicos
los anuncios de celebración del ejercicio de contenido práctico, deberán señalar, en su caso,
los medios auxiliares que podrán utilizar los/as aspirantes para la realización del mismo.
3. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal Único de los siguientes
méritos:
Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública como
personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal
estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional
y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar al Cuerpo y
Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Subgrupo.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la
modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al amparo
del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse según establece el
anexo V.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,084 puntos por mes o fracción, hasta un
máximo de 6 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
1. L
 os servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
o sus Organismos Autónomos por los/as aspirantes que hayan superado la fase de
oposición, se certificarán de oficio por la Dirección General de la Función Pública o, en