Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050218)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

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de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, teniendo en cuenta las dificultades que su incumplimiento
entraña durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de
plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. F
 inalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes
que hubieran superado la misma, clasificada por turnos y con expresión de la puntuación
obtenida, en todas las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura,
y además, se enviará, en soporte informático, a la Dirección General de Función Pública.
Simultáneamente, cada Tribunal de Selección anunciará la apertura del plazo de 15 días
hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso, según se dispone en la Base Sexta.
Finalizado el referido plazo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal Único, los documentos justificativos de los méritos a valorar, tanto si han sido aportados por
los/as aspirantes como si han sido expedidos de oficio por la Dirección General de Función
Pública u órgano competente de los organismos autónomos de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. U
 na vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado
la fase anterior, con la puntuación obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as
interesados/as, igualmente, de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante
el mismo. A continuación la remitirá a la Dirección General de Función Pública.
3. S
 eguidamente, la Dirección General de Función Pública enviará a cada Tribunal de Selección el resultado de la fase de concurso para cada una de las Categorías/Especialidades que
le corresponda valorar, debiendo proceder éstos a la suma de las calificaciones obtenidas
por cada uno de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso.
Con la puntuación así obtenida, cada Tribunal de Selección emitirá la relación de aprobados/as por orden de puntuación total, no pudiendo rebasar éstos/as el número de plazas
convocadas, de tal modo que resultarán seleccionados/as aquellos aspirantes que mayor
puntuación hayan obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. Si el empate continúa, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición. De persistir dicho empate se