Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050218)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60377
ejercicios en el Diario Oficial de Extremadura. En dicho supuesto, los anuncios deberán
hacerse públicos por el órgano de selección, a través de la Dirección General de Función
Pública, en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura con 48
horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas y adicionalmente, en la dirección
https: //ciudadano.juntaex.es/buscador-empleo-publico , de internet, siempre que sea
posible.
En cualquier caso, en el mismo momento en el que los Tribunales de Selección hagan públicos los anuncios de celebración del ejercicio de contenido práctico, deberán señalar, en
su caso, los medios auxiliares que podrán utilizar los/as aspirantes para la realización del
mismo.
3. Fase de concurso.
La fase de concurso, consistirá en la valoración de los siguientes méritos:
Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública como
personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal
estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional
y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar a la Categoría/Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Grupo de Titulación.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la
modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al amparo
del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción a
la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse según establece el anexo V.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,084 puntos por mes o fracción, hasta un
máximo de 6 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
4.1. L
os servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o sus organismos autónomos por los/as aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, se certificarán de oficio por la Dirección General de la Función
Pública o, en su caso, por el órgano competente del organismo autónomo, los cuales
se aportarán al Tribunal Único para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al interesado/a.
Martes, 21 de diciembre de 2021
60377
ejercicios en el Diario Oficial de Extremadura. En dicho supuesto, los anuncios deberán
hacerse públicos por el órgano de selección, a través de la Dirección General de Función
Pública, en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura con 48
horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas y adicionalmente, en la dirección
https: //ciudadano.juntaex.es/buscador-empleo-publico , de internet, siempre que sea
posible.
En cualquier caso, en el mismo momento en el que los Tribunales de Selección hagan públicos los anuncios de celebración del ejercicio de contenido práctico, deberán señalar, en
su caso, los medios auxiliares que podrán utilizar los/as aspirantes para la realización del
mismo.
3. Fase de concurso.
La fase de concurso, consistirá en la valoración de los siguientes méritos:
Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública como
personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal
estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional
y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar a la Categoría/Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Grupo de Titulación.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la
modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al amparo
del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción a
la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse según establece el anexo V.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,084 puntos por mes o fracción, hasta un
máximo de 6 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
4.1. L
os servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o sus organismos autónomos por los/as aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, se certificarán de oficio por la Dirección General de la Función
Pública o, en su caso, por el órgano competente del organismo autónomo, los cuales
se aportarán al Tribunal Único para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al interesado/a.