Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050214)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno Especialidad Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60220
órgano, unidad o centro de trabajo en el que pase a prestar servicios el empleado público,
a tales efectos se fija como importe de las actividades de tutoría y apoyo al proceso de
adaptación de este personal al desempeño de las tareas funciones de su puesto, la cantidad de 500 euros, que de conformidad con el artículo 18.4, del Decreto 111/2017, de 18
de julio comprenderá un único abono que se efectuará una vez transcurrido el periodo de
dos meses previsto para la tutoría y previo certificado del Jefe de Servicio competente en
materia de personal acreditativo de la tutoría realizada.
3. C
on objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de
ellas desierta, si alguno de los/as aspirantes aprobados/as en el proceso selectivo no tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables al mismo/a,
la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de
una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, nombrará
como funcionarios/as en prácticas y adjudicará los puestos correspondientes a los/as aspirantes que, sin figurar en la relación de aprobados/as en las listas definitivas, hubieran
superado todas las pruebas selectivas, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso
de empate se aplicará el orden alfabético comenzando por la letra que determinó el orden
de actuación de los/as aspirantes en el sorteo anteriormente establecido.
4. E
l periodo de prácticas tendrá una duración de un mes y dará comienzo en la fecha que se
determina en la orden a que se refiere el apartado segundo de la presente base.
La calificación del periodo de prácticas será de “APTO/A” o “NO APTO/A” y se otorgará por
la Dirección General de la Función Pública, previo informe de la Secretaría General correspondiente.
Los/as aspirantes funcionarios/as en prácticas que no superen el periodo de prácticas por
haber obtenido la calificación de “NO APTO/A” perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios/as de carrera.
No obstante, quienes no pudieran realizar el periodo de prácticas por causas de fuerza
mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con
posterioridad.
Durante el tiempo que los/as aspirantes permanezcan nombrados/as como funcionarios/as
en prácticas tendrán derecho a ser retribuidos de acuerdo con el Real Decreto 456/1986,
de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.
Undécima. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Por orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública serán
nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo Subalterno los funcionarios/as en prácti-
Martes, 21 de diciembre de 2021
60220
órgano, unidad o centro de trabajo en el que pase a prestar servicios el empleado público,
a tales efectos se fija como importe de las actividades de tutoría y apoyo al proceso de
adaptación de este personal al desempeño de las tareas funciones de su puesto, la cantidad de 500 euros, que de conformidad con el artículo 18.4, del Decreto 111/2017, de 18
de julio comprenderá un único abono que se efectuará una vez transcurrido el periodo de
dos meses previsto para la tutoría y previo certificado del Jefe de Servicio competente en
materia de personal acreditativo de la tutoría realizada.
3. C
on objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de
ellas desierta, si alguno de los/as aspirantes aprobados/as en el proceso selectivo no tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables al mismo/a,
la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de
una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, nombrará
como funcionarios/as en prácticas y adjudicará los puestos correspondientes a los/as aspirantes que, sin figurar en la relación de aprobados/as en las listas definitivas, hubieran
superado todas las pruebas selectivas, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso
de empate se aplicará el orden alfabético comenzando por la letra que determinó el orden
de actuación de los/as aspirantes en el sorteo anteriormente establecido.
4. E
l periodo de prácticas tendrá una duración de un mes y dará comienzo en la fecha que se
determina en la orden a que se refiere el apartado segundo de la presente base.
La calificación del periodo de prácticas será de “APTO/A” o “NO APTO/A” y se otorgará por
la Dirección General de la Función Pública, previo informe de la Secretaría General correspondiente.
Los/as aspirantes funcionarios/as en prácticas que no superen el periodo de prácticas por
haber obtenido la calificación de “NO APTO/A” perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios/as de carrera.
No obstante, quienes no pudieran realizar el periodo de prácticas por causas de fuerza
mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con
posterioridad.
Durante el tiempo que los/as aspirantes permanezcan nombrados/as como funcionarios/as
en prácticas tendrán derecho a ser retribuidos de acuerdo con el Real Decreto 456/1986,
de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.
Undécima. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Por orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública serán
nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo Subalterno los funcionarios/as en prácti-