Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050214)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno Especialidad Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60212
Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un
mínimo de 5 puntos.
A este respecto, los/as interesados/as podrán presentar las reclamaciones que estimen
procedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración del ejercicio.
Las calificaciones de la prueba se publicarán por el Tribunal de Selección una vez realizada
su corrección, disponiendo los interesados de un plazo de 5 días hábiles para efectuar ante
este Tribunal las reclamaciones que estimen oportunas.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.
3. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal Único de los siguientes
méritos:
Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública
como personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera,
personal estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea
similar al Cuerpo y Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo
Subgrupo.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo
la modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al
amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse según establece
el anexo II.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,084 puntos por mes o fracción, hasta
un máximo de 3 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
1. L
os servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
o sus organismos autónomos por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposi-
Martes, 21 de diciembre de 2021
60212
Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un
mínimo de 5 puntos.
A este respecto, los/as interesados/as podrán presentar las reclamaciones que estimen
procedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración del ejercicio.
Las calificaciones de la prueba se publicarán por el Tribunal de Selección una vez realizada
su corrección, disponiendo los interesados de un plazo de 5 días hábiles para efectuar ante
este Tribunal las reclamaciones que estimen oportunas.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.
3. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal Único de los siguientes
méritos:
Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública
como personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera,
personal estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea
similar al Cuerpo y Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo
Subgrupo.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo
la modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al
amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse según establece
el anexo II.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,084 puntos por mes o fracción, hasta
un máximo de 3 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
1. L
os servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
o sus organismos autónomos por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposi-