Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050219)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral Categoría Camarero/a-Limpiador-a de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

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a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente base, debiendo
presentar únicamente certificación del organismo de la Administración Pública de la que
dependan, acreditando su condición, situación administrativa y demás circunstancias que
consten en su expediente personal. En todo caso, si en la certificación expedida no figura
la titulación académica requerida para participar en las pruebas por no constar en el expediente personal del funcionario/a o personal laboral, éste acreditará el cumplimiento de
este requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la presente base.
5. Q
 uienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda, no podrán ser contratados, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en
su solicitud de participación.
Décima. Elección de puestos.
1. F
 inalizado el plazo indicado en la base novena, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
indicando el lugar, día y hora del acto público de elección de puestos. En la misma resolución se relacionarán los puestos de trabajo que se oferten en esta Categoría/Especialidad,
con expresión de su ubicación y características y, en su caso, precisando si son a tiempo
completo o a tiempo parcial, de conformidad con la relación de puestos de trabajo vigente.
Los/as aspirantes que pretendan acceder a un puesto, o puedan resultar adjudicatarios/
as de un puesto que suponga contacto habitual con menores deberán acreditar la circunstancia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad
e indemnidad sexual, con carácter previo a la elección del puesto. Dicha acreditación se
realizará mediante la presentación del correspondiente certificado emitido por el Registro
Central de Delincuentes Sexuales o autorizando a la Administración para recabar el referido certificado.
La adjudicación de los puestos a los/as aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará, de acuerdo con las peticiones de los/as interesados/as, entre los puestos ofertados a los/as mismos/as, atendiendo al orden de puntuación total obtenida en el proceso
selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en
las relaciones de puestos de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11
del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con
discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.