Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050219)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral Categoría Camarero/a-Limpiador-a de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60409
4. S
in perjuicio de que en la resolución aprobatoria de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del ejercicio
de la fase de oposición, éste se celebrara en el plazo de 6 meses contados a partir de la
publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.
A efectos del debido cumplimiento de los plazos que el desarrollo de los procesos selectivos
exige de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura así como el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de
26 de diciembre, teniendo en cuenta las dificultades que su incumplimiento entraña durante el
mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas
selectivas de la presente convocatoria.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. F
inalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma, con expresión de la puntuación obtenida, en todas las
Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, y además, se enviará,
en soporte informático, a la Dirección General de Función Pública.
Simultáneamente, el Tribunal de Selección anunciará la apertura del plazo de 15 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso, según se dispone en la base sexta.
Finalizado el referido plazo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal
Único, los documentos justificativos de los méritos a valorar, tanto si han sido aportados
por los/as aspirantes como si han sido expedidos de oficio por la Dirección General de
Función Pública u órgano competente de los organismos autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. U
na vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado
la fase anterior, con la puntuación obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as
interesados/as, igualmente, de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el mismo. A continuación la remitirá a la Dirección General de Función Pública.
3. S
eguidamente, la Dirección General de Función Pública enviará al Tribunal de Selección el
resultado de la fase de concurso para la Categoría/Especialidad que le corresponda valorar,
debiendo proceder éstos a la suma de las calificaciones obtenidas por cada uno de los/ as
aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso.
Martes, 21 de diciembre de 2021
60409
4. S
in perjuicio de que en la resolución aprobatoria de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del ejercicio
de la fase de oposición, éste se celebrara en el plazo de 6 meses contados a partir de la
publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.
A efectos del debido cumplimiento de los plazos que el desarrollo de los procesos selectivos
exige de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura así como el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de
26 de diciembre, teniendo en cuenta las dificultades que su incumplimiento entraña durante el
mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas
selectivas de la presente convocatoria.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. F
inalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma, con expresión de la puntuación obtenida, en todas las
Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, y además, se enviará,
en soporte informático, a la Dirección General de Función Pública.
Simultáneamente, el Tribunal de Selección anunciará la apertura del plazo de 15 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso, según se dispone en la base sexta.
Finalizado el referido plazo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal
Único, los documentos justificativos de los méritos a valorar, tanto si han sido aportados
por los/as aspirantes como si han sido expedidos de oficio por la Dirección General de
Función Pública u órgano competente de los organismos autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. U
na vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado
la fase anterior, con la puntuación obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as
interesados/as, igualmente, de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el mismo. A continuación la remitirá a la Dirección General de Función Pública.
3. S
eguidamente, la Dirección General de Función Pública enviará al Tribunal de Selección el
resultado de la fase de concurso para la Categoría/Especialidad que le corresponda valorar,
debiendo proceder éstos a la suma de las calificaciones obtenidas por cada uno de los/ as
aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso.