Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063839)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Instalación Solar Fotovoltaica `Carmonita II´ e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada", a realizar en el término municipal de Mérida, cuyo promotor es Aquila Solar, SLU. Expte.: IA19/1329.
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NÚMERO 242
Lunes, 20 de diciembre de 2021



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5. L
 as construcciones, edificaciones e instalaciones deben respetar una distancia a eje
de caminos mayor o igual a 5 m (artículo 66.d) de la Ley 11/2018).



6. L
 as construcciones, edificaciones e instalaciones deben respetar una distancia mayor
o igual a 300 m del límite urbano o urbanizable (artículo 66.c) de la Ley 11/2018).



7. L
 a altura máxima de edificaciones habrá de ser la requerida para el desarrollo de la
actividad proyectada (artículo 13.19.5 del PGM).

Tercero. Respecto del contenido de la calificación rústica previsto por los artículos 65 a 70,
ambos incluidos, de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS):


1) El importe del canon a satisfacer será un mínimo del 2% del importe total de la inversión realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y
será definitivo con la liquidación de las mismas.



2) L
 a superficie de suelo requerida para la calificación rústica quedará vinculada legalmente a las edificaciones, construcciones e instalaciones y sus correspondientes
actividades o usos.

Mientras la calificación rústica permanezca vigente, la unidad integrada por esos terrenos no podrá ser objeto de división. Del acto administrativo por el que se otorgue
la calificación rústica, se tomará razón en el Registro de la Propiedad con carácter
previo al otorgamiento de la autorización municipal.


3) L
 a calificación rústica tiene un período de eficacia temporal limitado y renovable, que
en el presente caso se fija en treinta años.



4) L
 a calificación rústica otorgada habrá de inscribirse en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.



5) L
 a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la
envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el
terreno, y del área de suelo vinculada a la calificación.

En suelo rústico no pueden realizarse obras o edificaciones que supongan riesgo de formación de nuevo tejido urbano. En el presente caso no se aprecia la existencia de riesgo de
formación de nuevo tejido urbano.
En consecuencia, a efectos de la habilitación urbanística prevista por el artículo 71.3 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, la instalación de planta solar fotovoltaica “Carmonita II” de 50 Mw propuesta