Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063851)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de Planta Solar Fotovoltaica "Aldea Moret" a ejecutar en el término municipal de Malpartida de Cáceres (Cáceres), y cuyo promotor es Viproes Energética, SA. Expte.: IA 18/775.
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NÚMERO 242
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59827
Con fecha de 13 de enero de 2020 el promotor presentó solicitud de modificación al proyecto
de PSF “Aldea Moret”, cuya modificación consistía en los siguientes ajustes constructivos:
• Los módulos fotovoltaicos planteados en dicha modificación tecnológica eran de 335 Wp
frente a los 320 Wp que recoge la Resolución de 21 de febrero de 2018. Esto suponía
pasar de 31.250 módulos planteados inicialmente a 29.850.
• De los 5 centros inversor/transformador de 2000 kW planteados con anterioridad, se
pasaba a 3 centros inversor/transformador de 2.980 kW.
• La relación de transformación de la subestación pasaba a ser de 30/45 kV en lugar de 20/45 kV.
• Se modificaba parcialmente el trazado de la línea de evacuación desde los apoyos 36 al
53 (18 apoyos), por ser coincidente con el trazado del proyecto de construcción de la
Variante N-521. Cáceres-Malpartida de Cáceres, desplazándose a la parte más limítrofe
de la expropiación de la mencionada autovía.
Con fecha 21 de febrero de 2020 se emitía resolución favorable de la modificación del
proyecto de Parque Solar Fotovoltaica “Aldea Moret”, debido a que la modificación del
proyecto planteada se consideraba que no cambiaba sustancialmente la naturaleza de
las afecciones ya evaluadas en la Resolución de 21 de febrero de 2018, de la Dirección
General de Medio Ambiente, por la que se formulaba declaración de impacto ambiental
del proyecto Planta solar fotovoltaica “Aldea Moret” de 10 MW y su línea de evacuación
y cuya promotora es Viproes Energética, S.A, ejecutada en el término municipal de Malpartida de Cáceres, publicada en el (DOE n.º 56, de 20 de marzo de 2018), y en cumplimiento del artículo 86.5 no se consideraba necesario actualizar el condicionado de dicha
declaración de impacto ambiental ni incorporar nuevas medidas correctoras, protectoras
y compensatorias.
Cuarto. Con fecha 12 de noviembre de 2021, el promotor remite a la Dirección General de
Sostenibilidad la documentación relativa a la modificación del proyecto en cuestión, dándose
así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Con fecha 18 de noviembre de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la
fase de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas en relación con la modificación propuesta, por exigirlo así el artículo 85.5 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59827
Con fecha de 13 de enero de 2020 el promotor presentó solicitud de modificación al proyecto
de PSF “Aldea Moret”, cuya modificación consistía en los siguientes ajustes constructivos:
• Los módulos fotovoltaicos planteados en dicha modificación tecnológica eran de 335 Wp
frente a los 320 Wp que recoge la Resolución de 21 de febrero de 2018. Esto suponía
pasar de 31.250 módulos planteados inicialmente a 29.850.
• De los 5 centros inversor/transformador de 2000 kW planteados con anterioridad, se
pasaba a 3 centros inversor/transformador de 2.980 kW.
• La relación de transformación de la subestación pasaba a ser de 30/45 kV en lugar de 20/45 kV.
• Se modificaba parcialmente el trazado de la línea de evacuación desde los apoyos 36 al
53 (18 apoyos), por ser coincidente con el trazado del proyecto de construcción de la
Variante N-521. Cáceres-Malpartida de Cáceres, desplazándose a la parte más limítrofe
de la expropiación de la mencionada autovía.
Con fecha 21 de febrero de 2020 se emitía resolución favorable de la modificación del
proyecto de Parque Solar Fotovoltaica “Aldea Moret”, debido a que la modificación del
proyecto planteada se consideraba que no cambiaba sustancialmente la naturaleza de
las afecciones ya evaluadas en la Resolución de 21 de febrero de 2018, de la Dirección
General de Medio Ambiente, por la que se formulaba declaración de impacto ambiental
del proyecto Planta solar fotovoltaica “Aldea Moret” de 10 MW y su línea de evacuación
y cuya promotora es Viproes Energética, S.A, ejecutada en el término municipal de Malpartida de Cáceres, publicada en el (DOE n.º 56, de 20 de marzo de 2018), y en cumplimiento del artículo 86.5 no se consideraba necesario actualizar el condicionado de dicha
declaración de impacto ambiental ni incorporar nuevas medidas correctoras, protectoras
y compensatorias.
Cuarto. Con fecha 12 de noviembre de 2021, el promotor remite a la Dirección General de
Sostenibilidad la documentación relativa a la modificación del proyecto en cuestión, dándose
así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Con fecha 18 de noviembre de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la
fase de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas en relación con la modificación propuesta, por exigirlo así el artículo 85.5 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.