Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063827)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Agripa Solar", a realizar en el término municipal de Lobón (Badajoz). Expte.: IA20/1528.
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NÚMERO 241
Viernes, 17 de diciembre de 2021

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la protección del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos y
que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se adoptarán por
la empresa adjudicataria las siguientes medidas correctoras:


A. Medidas correctoras con carácter general:

A.1. Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes de obra
que conlleve la ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico
será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las obras de
construcción, desbroces iniciales, instalaciones auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas
aquellas otras actuaciones que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural.
A.2. Si como consecuencia de estos trabajos se confirmara la existencia de restos
arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del
proyecto de referencia, se procederá de manera inmediata paralización inmediata de las obras en la zona de afección, se balizará el área para preservarla
de tránsitos, se realizará una primera aproximación cronocultural de los restos
y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie. Estos datos
serán remitidos mediante informe técnico a la DGBAPC, con copia, en su caso,
al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito de
actuación de la actividad. Una vez recibido, se cursará visita de evaluación con
carácter previo a la emisión de informe de necesidad de excavación completa
de los hallazgos localizados conforme a los criterios técnicos y metodológicos
establecidos en el siguiente apartado.
Criterios técnicos y metodológicos.
Las excavaciones arqueológicas que pudieran desarrollarse con motivo de hallazgos
casuales se realizarán bajo los siguientes condicionantes técnicos y metodológicos:


• La totalidad de la zona que contenga restos arqueológicos habrá de ser excavada manualmente con metodología arqueológica al objeto de caracterizar el contexto cultural
de los hallazgos, recuperar las estructuras conservadas, conocer la funcionalidad de
los distintos elementos y establecer tanto su marco cultural como cronológico. La
excavación se realizará por técnico/s especializado, con experiencia en la documentación de restos de cronología y funcionalidad similares a los localizados y siguiendo